17 DE OCTUBRE DE 1991 .- Se autoriza la nacionalización de un equipo completo de televisión llegado a consignación de la Ekklesía Misión Boliviana, con un valor nominal de $us. 259.308.55, amparado con guía aérea Nº 305-6759, con el pago del cinco por ciento (5%) del Gravamen Aduanero Consolidado (GAC) concedido a los bienes de capital, debiendo tributar además, el impuesto al valor agregado (IVA) de acuerdo a Ley de Reforma Tributaria 843.
DECRETO SUPREMO Nº 22953
LUIS OSSIO SANJINES
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO
DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que el decreto supremo 21910 de 31 de marzo de 1988 concede un tratamiento arancelario favorable a la importación de bienes de capital que figuran en su anexo, así como los detallados en el anexo 2 del decreto supremo 21660 de 10 de julio de 1987 ampliado por decretos supremos 21979 de 5 de agosto de 1988 y 22151 de 13 de mayo de 1989;
Que el gravamen aduanero consolidado del 5% sobre las importaciones, es concedido a equipos y maquinarias que contribuyan a modernizar la tecnología del país en la producción de bienes y servicios;
Que la Ekklesía Misión Boliviana, institución religiosa con personalidad jurídica reconocida mediante resolución suprema 177316 de 19 de junio de 1975, solicita el tratamiento concedido a los bienes de capital con el pago del cinco por ciento (5%) del gravamen aduanero consolidado (GAC), a la importación de un equipo completo de televisión donado por TBN-Trinity- Broadcasting Network. Inc., de la localidad de Santa Ana, California Estados Unidos de Norte América con un valor nominal de $us. 259.308.55.
Que los fines y objetivos de la Ekklesía Misión Boliviana son predicar el evangelio tratando de promover un cambio en la sociedad y en los individuos, haciendo uso para tal cometido, de diferentes medios de comunicación entre los que se encuentra la apertura de un canal de televisión.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- Se autoriza la nacionalización de un equipo completo de televisión llegado a consignación de la Ekklesía Misión Boliviana, con un valor nominal de $us. 259.308.55, amparado con guía aérea Nº 305-6759, con el pago del cinco por ciento (5%) del Gravamen Aduanero Consolidado (GAC) concedido a los bienes de capital, debiendo tributar además, el impuesto al valor agregado (IVA) de acuerdo a Ley de Reforma Tributaria 843.
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Finanzas y Relaciones Exteriores y Culto quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de octubre de mil novecientos noventa y un años.
FDO. LUIS OSSIO SANJINES PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPÚBLICA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Sainz Klinski, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza,. Helga Salinas Campana Min. Finanzas a.i., Abigail Pérez Medrano Min. Educación y Cultura a.i., Willy Vargas Vacaflor, Leopoldo López Cossio, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Gonzalo Valda Cárdenas, Mauro Bertero Gutiérrez, Alejandro Nowotny Vera Min. Energía e Hidrocarburos a.i., Fernando Kieffer Guzmán, Mario Rueda Peña.