19 DE OCTUBRE DE 1991 .- Autorízase a la Corte Nacional Electoral efectuar el siguiente traspaso intraistitucional de recursos, por UN MILLON DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA 00/100 BOLIVIANOS (Bs1.266.550.-), dentro su presupuesto aprobado para la gestión 1,991:
DECRETO SUPREMO Nº 22956
LUIS OSSIO SANJINES
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO
DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que el presupuesto consolidado del sector público, gestión 1991, fue aprobado mediante ley 1231 de 7 de febrero de 1,991, para su vigencia durante el presente ejercicio fiscal;
Que la Corte Nacional Electoral solicita un traspaso intraistitucional para incrementar su grupo 100 “Servicios Personales”, conforme al decreto supremo 22572 de 13 de agosto de 1,990, que puso en vigencia el Reglamento de ejecución presupuestaria;
Que el artículo 13 inciso c) del citado reglamento determina que los traspasos que signifiquen incrementos en el grupo 100 “Servicios Personales” serán aprobados únicamente mediante decreto supremo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- Autorízase a la Corte Nacional Electoral efectuar el siguiente traspaso intraistitucional de recursos, por UN MILLON DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA 00/100 BOLIVIANOS (Bs1.266.550.-), dentro su presupuesto aprobado para la gestión 1,991:
ORGANISMO : CORTE NACIONAL ELECTORAL
PROGRAMA 10 : DIRECCION DE PROCESOS ELECTORALES
RECURSOS : TESORO NACIONAL
GESTION : 1 9 9 1
(EN BOLIVIANOS)
DE:
100 | SERVICIOS PERSONALES | 11.376
---|---|---
110 | Empleados permanentes | 11.376
113 | Bonificaciones | 11.376
200 | SERVICIOS NO PERSONALES | 1.073.673
220 | Servicios de Transporte y Seguros | 136.000
222 | Viáticos | 100.000
223 | Fletes y almacenamiento | 36.000
230 | Alquileres | 25.000
232 | Equipos y Maquinarias | 25.000
250 | Servicios Profesionales y comerciales | 912.673
255 | Publicidad | 95.000
256 | Imprenta | 817.673
300 | MATERIALES Y SUMINISTROS | 181.501
340 | Productos de papel, cartón e impresos | 181.500
347 | Otros productos de papel, cartón e impresos | 181.500
T O T A L | 1.266.550
A:
100 | SERVICIOS PERSONALES | 1.266.550
---|---|---
120 | Empleados no permanentes | 1.266.550
T O T A L | 1.266.550
El señor Ministro de Estado en el despacho de Finanzas queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez y nueve días del mes de octubre de mil novecientos noventa y un años.
FDO. LUIS OSSIO SANJINES PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPÚBLICA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Sainz Klinski, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, David Blanco Zabala, Edim Céspedes Cossio, Willy Vargas Vacaflor, Leopoldo López Cossio, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Gonzalo Valda Cárdenas, Mauro Bertero Gutiérrez, Alejandro Nowotny Min. Energía e Hidrocarburos a.i., Fernando Kieffer Guzmán, Mario Rueda Peña.