26 DE NOVIEMBRE DE 1991 .- Autorizar al Ministerio de Transportes, Comunicaciones y aeronáutica Civil, para que de su presupuesto aprobado gestión 1991, efectúe traspaso intrainstitucional de recursos por la suma Bs179.250 (CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA 00/100 BOLIVIANOS), de acuerdo al siguiente detalle:
DECRETO SUPREMO Nº 22982
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, mediante ley 1231 de 7 de febrero de 1,991, se aprobó el Presupuesto General de la Nación para su vigencia durante la presente gestión fiscal;
Que, la Dirección General de Telecomunicaciones, solicita traspaso intrainstitucional de recursos en las Partidas 118 y 120.
Que, el Ministerio de Finanzas a través de la Dirección de Programación Presupuestaria y la Dirección de Organización, Normas y Procedimientos Administrativos, emiten los respectivos informes pronunciándose por la procedencia del trámite, debiendo realizarse los traspasos en las partidas 118 “Otros Servicios Personales” y 120 “Empleados No Permanentes”.
Que, de conformidad al art. 13 inciso c) del Reglamento de Ejecución Presupuestaria aprobado por decreto supremo 22572 de 13 de agosto de 1990 los traspasos que signifiquen incrementos al Grupo 100 “Servicios Personales”, deben ser aprobados mediante decreto supremo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Autorizar al Ministerio de Transportes, Comunicaciones y aeronáutica Civil, para que de su presupuesto aprobado gestión 1991, efectúe traspaso intrainstitucional de recursos por la suma Bs179.250 (CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA 00/100 BOLIVIANOS), de acuerdo al siguiente detalle:
ORGANISMO : MINISTERIO DE TRANSPORTES, COMUNICACIONES
Y AERONAUTICA CIVIL
PROGRAMA 11 : POLITICAS DE COMUNICACION
ACTIVIDAD 02 : DIRECCION GENERAL DE TELECOMUNICACIONES
RECURSOS : TESORO NACIONAL –OTROS INGRESOS
GESTION : 1991
(EN BOLIVIANOS)
DE:
200 | SERVICIOS NO PERSONALES | 179.250
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260 | Otros Servicios No Personales | 179.250
266 | Otros Servicios No Personales | 179.250
T O T A L | 179.250
A:
100 | SERVICIOS PERSONALES | 179.250
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110 | Empleados Permanentes | 100.000
118 | Otros servicios personales | 100.000
120 | Empleados no permanentes | 50.000
130 | Previsión Social | 29.250
131 | Aporte patronal al Seguro Social | 26.250
132 | Aporte patronal para Vivienda | 3.000
T O T A L | 179.250
Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiseis días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y un años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Sainz Klinski, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, David Blanco Zabala, Edim Céspedes Cossio, Willy Vargas Vacaflor, Leopoldo López Cossio, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Gonzalo Valda Cárdenas, Mauro Bertero Gutiérrez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Mario Rueda Peña.