06 DE DICIEMBRE DE 1991 .- Autorízase sin perjuicio de la correspondiente aprobación legislativa, un presupuesto adicional en favor del Ministerio de Transportes Comunicaciones y Aeronáutica Civil, por la suma Bs.270.470.- (DOSCIENTOS SETENTA MIL CUATROCIENTOS SETENTA 00/100 BOLIVIANOS) provenientes de pagos efectuados a ENTA por deudas de gestiones anteriores, de acuerdo al siguienter detalle:
DECRETO SUPREMO Nº 22997
LUIS OSSIO SANJINES
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO
DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que mediante Ley 1231 de 7 de febrero de 1991, se aprobó el presupuesto general de la Nación para su vigencia durante la presente gestión fiscal.
Que el Gerente General de la Empresa Nacional de Transporte Automotor solicita presupuesto adicional de recursos con cargo a ingresos recuperados con posterioridad a la aprobación del presupuesto de la presente gestión, referentes a pagos efectuados por las Cooperativas “EL CEIBO” y “CELCCAR”.
Que el artículo 96 de la Constitución Política del Estado en su numeral 7, faculta al Presidente de la República proponer modificaciones durante la vigencia del presupuesto aprobado, en concordancia con el artículo 7 de la ley 1231.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase sin perjuicio de la correspondiente aprobación legislativa, un presupuesto adicional en favor del Ministerio de Transportes Comunicaciones y Aeronáutica Civil, por la suma Bs.270.470.- (DOSCIENTOS SETENTA MIL CUATROCIENTOS SETENTA 00/100 BOLIVIANOS) provenientes de pagos efectuados a ENTA por deudas de gestiones anteriores, de acuerdo al siguienter detalle:
ORGANISMO : MINISTERIO DE TRANSPORTES COMUNICACIONES
Y AERONAUTICA CIVIL
INGRESOS
(EN BOLIVIANOS)
Financiamiento por origen de recursos
| | PRESUPUESTO
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CODIGO | F U E N T E | ADICIONAL
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1300000 | Fuentes Financieras | 270.470
1310000 | Disminución de la Inversión Financiera | 270.470
1312000 | Recuperación de Préstamos | 270.470
1312100 | Recuperación de Préstamos a Corto Plazo | 270.470
1312110 | Del Sector Privado | 270.470
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| T O T A L | 270.470
ORGANISMO : MINISTERIO DE TRANSPORTES COMUNICACIONES
Y AERONAUTICA CIVIL
PROGRAMA 10 : POLITICAS DE TRANSPORTE
ACTIVIDAD 04 : LIQUIDACION E.N.T.A.
RECURSOS : TESORO NACIONAL - OTROS INGRESOS
GESTION : 1 9 9 1
(EN BOLIVIANOS)
EGRESOS
Clasificación por objeto del gasto
| | PRESUPUESTO
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CODIGO | D E S C R I P C I ON | ADICIONAL
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700 | TRANSFERENCIAS | 270.470
770 | Transferencias de capital al sector público no financiero por subsidios o subvenciones | 270.470
775 | Transferencias de capital a las Alcaldías por subsidios o subvenciones | 270.470
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| T O T A L | 270.470
Los señores Ministros de Estado en los Despacho de Finanzas y Transportes Comunicaciones y Aeronáutica Civil, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad La Paz, a los seis días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y un años.
FDO. LUIS OSSIO SANJINES PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPÚBLICA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A Saavedra Bruno, Mario Catacora Landivar Min. Presidencia de la República a.i., Alberto Sainz Klinski, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, David Blanco Zabala, Hedim Céspedes Cossio, Willy Vargas Vacaflor, Leopoldo López Cossio, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Gonzalo Valda Cárdenas, Mauro Bertero Gutiérrez, Herbert Mulle Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Mario Rueda Peña.