28 DE FEBRERO DE 1992 .- Se autoriza a la Empresa Nacional de Televisión Boliviana, efectuar un traspaso intrainstitucional por la suma de Bs 9.300.-
DECRETO SUPREMO Nº 23073
LUIS OSSIO SANJINES
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la ley 1231 de 7 de febrero de 1,991 aprobó el presupuesto general de la nación, para su vigencia durante la gestión 1,991;
Que la Empresa Nacional de Televisión Boliviana solicitó, mediante nota de 15 de noviembre de 1,991, un traspaso intrainstitucional de recursos;
Que el Ministerio de Finanzas expresa, mediante informes de su Dirección de Programación Presupuestaria y su Unidad de Administrativa no Financiera, criterio favorable a la procedencia del traspaso;
Que los traspasos generadores de incrementos del grupo 100 "Servicios Personales", deben ser aprobados necesariamente mediante decreto supremo, de acuerdo al artículo 20 literal c) del Reglamento de ejecución presupuestaria, aprobado por decreto supremo 22572 de 13 de agosto de 1,990.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se autoriza a la Empresa Nacional de Televisión Boliviana, ENTB, efectuar en su presupuesto aprobado gestión 1,991 el siguiente traspaso Intrainstitucional por NUEVE MIL TRESCIENTOS 00/100 BOLIVIANOS (Bs9.300.-):
ORGANISMO : EMPRESA NACIONAL DE TELEVISION
BOLIVIANA (ENTB)
RECURSOS : INGRESOS DE OPERACION
GESTION : 1991
DE:
PROGRAMA 10: PRESTACION DE SERVICIOS TELEVISIVOS ACTIVIDAD 01: ORIENTACION, PROMOCION Y DIFUSION
(en bolivianos)
200 SERVICIOS NO PERSONALES3.000
230 Alquileres3.000
234 Otros alquileres 3.000
ACTIVIDAD 02 : SERVICIOS TECNICOS
200 SERVICIOS NO PERSONALES3.300
240 Mantenimiento y reparaciones3.300
241 Edificios y equipos 3.300
PROGRAMA 11: COMERCIALIZACION
ACTIVIDAD 01: COMERCIALIZACION
200 SERVICIOS NO PERSONALES500
250 Servicios profesionales y comerciales500
255 Publicidad 500
200 SERVICIOS NO PERSONALES2.500
240 Mantenimiento y reparaciones2.500
241 Edificios y equipos 2.500
T o t a l 9.300
A:
PROGRAMA 10: PRESTACION DE SERVICIOS DE TELEVISION ACTIVIDAD 01: ORIENTACION, PROMOCION Y DIFUSION
(en bolivianos)
100 SERVICIOS PERSONALES3.000
110 Empleados permanentes3.000
118 Otros por servicios personales 3.000
ACTIVIDAD 02: SERVICIOS TECNICOS
100 SERVICIOS PERSONALES 3.300
110 Empleados permanentes 3.300
118 Otros servicios personales 3.300
PROGRAMA 11: COMERCIALIZACION
ACTIVIDAD 01: COMERCIALIZACION
100 SERVICIOS PERSONALES3.000
110 Empleados permanentes3.000
118 Otros por servicios personales 3.000
T o t a l 9.300
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Finanzas así como de Transportes Comunicaciones y Aeronáutica Civil quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de febrero de mil novecientos noventa y dos años.
FDO. LUIS OSSIO SANJINES PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPÚBLICA, Carlos Iturralde Ballivián, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Sainz Klinski, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, David Blanco Zabala, Hedim Céspedes Cossio, Willy Vargas Vacaflor, Leopoldo López Cossio, Oscar Zamora Medinacelli, Mario Paz Zamora, Gonzalo Valda Cárdenas, Mauro Bertero Gutiérrez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Mario Rueda Peña.