03 DE ABRIL DE 1992 .- Autorízase la salida al exterior de 87 piezas, del Patrimonio Cultural de la Nación; para su exposición en la "EXPO SEVILLA 92".
DECRETO SUPREMO Nº 23104
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Supremo 22709 do 14 de enero de 1991 se dispuso la supresión de veinte Subsecretarias en los Ministerios del Gobierno Central, entre las que se hallaba la subsecretaría de Recaudaciones, dependiente del Despacho de Finanzas.
Que esta Cartera de Estado, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley de Organización Administrativa del Poder Ejecutivo, tiene a su cargo la administración, dirección y control del régimen impositivo arancelarios y de los servicios de aduana.
Que, es necesario dotar al Ministerio de Finanzas del instrumento que permita una mayor eficiencia y adecuado control de las recaudaciones de Renta y Aduana a través de la restitución de una unidad de mayor jerarquía que la actual Dirección Nacional de Recaudaciones, sin que esto signifique contravenir la Directiva Presidencal del 7 de enero de 1991.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Restitúyese en la estructura administrativa del Ministerio de Finanzas la Subsecretaría de Recaudaciones, en sustitución de la actual Subsecretaría de Administración Financiera.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Dependerán de la Subsecretaría de Recaudaciones, como organismos normativos, todas las unidades que conformaban la Dirección Nacional de Recaudaciones; en el nivel operativo dependerán las Direcciones Generales de Aduanas e Impuestos Internos y la Administración Autónoma de Almacénes Aduaneros.
ARTÍCULO TERCERO.- Las Direcciones y demás unidades que dependían de la Subsecretaría de Administración Financiera será reubicadas dentro de la estructura interna del Ministerio de Finanzas, mediante Resolución Ministerial.
ARTÍCULO CUARTO.- Quedan sin efecto todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de abril de mil novecientos noventa y dos años..
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Ronald Mac Lean Abaroa, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Hernán Lara Paravicini, Ministro de Defensa Nacional a.i., Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, Jorge Quiroga Ramirez, Hedim Céspedes Cossio, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Oscar Zamora Medinacelli, Carlos Dabdoub Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Jaime Céspedes Toro.