30 DE JULIO DE 1992 .- Convócase al H. Congreso Nacional para la Legislatura Ordinaria de 1992.
DECRETO SUPREMO Nº 23231
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que en cumplimiento a lo prescrito por el artículo 46 de la Constitución Política del Estado el Congreso nacional se reunirá ordinariamente cada año el 6 de agosto.
Que es atribución del Poder Ejecutivo, convocar al Honorable Congreso Nacional con expreso señalamiento del lugar de reunión.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Convócase al H. Congreso Nacional para la Legislatura Ordinaria de 1992, cuya solemne instalación se realizará el día 6 de agosto próximo a horas 15:00, en la ciudad de La Paz, con el ceremonial de estilo.
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Relaciones Exteriores y Culto e Interior, Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de julio de mil novecientos noventa y dos años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Ronald Mac Lean Abaroa, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Saenz Klinksi, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, Jorge Quiroga Ramírez, Hedim Céspedes Cossio, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Oscar Zamora Medinacelli, Carlos Dabdoub Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Jaime Céspedes Toro.