10 DE SEPTIEMBRE DE 1992 .- Declárase en situación de emergencia la carretera Santa Cruz - Trinidad, en los tramos Puerto Pailas-San Ramón y San Ramón-Trinidad,
DECRETO SUPREMO N° 23260
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que las lluvias de carácter extraordinario registradas desde el mes de septiembre de 1991 hasta fines del mes de julio de 1992 en la región Oriental de la República, afectaron significativamente las condiciones de transitabilidad de los caminos que básicamente permiten la extracción de la producción primaria con destino a operaciones de exportación;
Que la Carretera Santa Cruz - Trinidad, que une las capitales de los departamentos del Beni y Santa Cruz, se encuentra en plena etapa de ejecución de los trabajos de pavimentación, lo que permitirá garantizar el transito en forma segura y permanente una vez concluídos los mismos, brindando a los productores una vasta zona de influencia, condiciones aptas para que éstos reduzcan los riesgos originados por la falta de transitabilidad de caminos no pavimentados;
Que el Proyecto Pavimentación Santa Cruz - Trinidad es administrado por un Directorio Interinstitucional del que forman parte el Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, el Servicio Nacional de Caminos y las Corporaciones de Desarrollo Regionales de Santa Cruz (CORDECRUZ) y del Beni (CORDEBENI);
Que el financiamiento de este importante proyecto fue otorgado parcialmente por el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA) y el aporte local es compartido por CORDECRUZ y el Tesoro General de la Nación en partes iguales, según convenio firmado a tal efecto;
Que FONPLATA ha financiado un primer tramo del préstamo, que tuvo por objeto la adquisición de equipos (maquinarias), repuestos y materiales para ejecutar la obra por administración del Servicio Nacional de Caminos (SNC) y en la fase final de los desembolsos del respectivo préstamo el Directorio Interinstitucional solicitó a FONPLATA dos modificaciones sustanciales que permitieron la construcción de las etapas finales de 90 Km. de camino en un período de sólo tres meses, mostrando el sistema utilizado en esta etapa muy buenos resultados en cuanto a la agilidad para la ejecución de los trabajos, con participación de empresas del sector privado;
Que FONPLATA ha otorgado un nuevo Préstamo (BOL 12/90), cuyo contrato ha sido ya firmado en las mismas condiciones originales de BOL 8/85, cuyo objeto es la compra de equipos, repuestos y materiales para ejecutar la obra por administración;
Que resulta necesario e importante disponer de los medios suficientes para agilizar la inversión de fondos que están comprometidos por el organismo financiador, a fin de evitar comisiones de compromiso;
Que el monto del préstamo BOL 12/90 de $us. 9.700.000.- permite encarar con racionalidad, la construcción de 120 Km. de carretera, cubriendo los tramos: a) Puerto Pailas-Lorena, b) Lorena-Los Troncos y c) Casarabe-Trinidad;
Que, con los fondos de contraparte local es posible concretar el Tramo: San Ramón-Los Troncos, significando que se podrá dar solución definitiva a la emergencia originada por las lluvias de carácter extraordinario en los sectores de la carretera: San Ramón - Santa Cruz (pavimento contínuo) y Casarabe - Trinidad;
Que las consecuencias de la emergencia pueden originar pérdidas irreparables al sector productivo de la región oriental;
Que el Gobierno está empeñado en dar soluciones eficientes y definitivas a los problemas que afectan a la población en general y a la producción en particular;
Que la emergencia debe ser atendida con diligencia y firmeza para que las soluciones beneficien a sus destinatarios en tiempo oportuno y se eviten mayores perjuicios;
Que el Estado dispone de mecanismos para encarar en forma directa y efectiva la solución a la emergencia suscitada;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Declárase en situación de emergencia la carretera Santa Cruz - Trinidad, en los tramos Puerto Pailas-San Ramón y San Ramón-Trinidad,
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se encomienda al Directorio Interinstitucional del Proyecto de Pavimentación Santa Cruz - Trinidad que instrumente los mecanismos necesarios y suficientes para utilizar los recursos disponibles de la forma más ágil posible a fin de dar soluciones tangibles a los problemas derivados de la situación de emergencia en dicha carretera.
Los Ministros de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y dos años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Ronald Mac Lean Abaroa, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Saenz Klinski, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, Jorge Quiroga Ramírez, Hedim Céspedes Cossio, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Oscar Zamora Medinacelli, Carlos Dabdoub Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Jaime Céspedes Toro.