01 DE OCTUBRE DE 1992 .- Se autoriza al Ministro de Planeamiento y Coordinación, transfiera en favor de la U.M.S.A. el inmueble situado entre las Av. General Pando y Montes, callejón Pizarro de la ciudad de La Paz.
DECRETO SUPREMO Nº 23281
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que la Universidad Mayor de San Andrés requiere de mayor infraestructura física para mejorar la capacitación de los futuros profesionales que reciben educación superior en sus aulas.
Que el Supremo Gobierno tomó la decisión de incrementar el patrimonio de la Universidad Mayor de San Andrés siguiendo una política de cooperación efectiva a la juventud estudiosa, dotando así al país de profesionales cuya contribución al desarrollo nacional sea positiva.
Que con tal objetivo y en cumplimiento del convenio suscrito el 23 de marzo de 1992 es necesario proceder a la transferencia a título gratuito en favor de la Universidad Mayor de San Andrés del inmueble ubicado entre las avenidas General Pando y Montes, callejón Pizarro de esta ciudad, que se halla inscrito en Derechos Reales a nombre del Banco Minero de Bolivia.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Se autoriza al Ministro de Planeamiento y Coordinación para que, en representación del Estado, transfiera a título gratuito en favor de la Universidad Mayor de San Andrés el inmueble situado entre las avenidas General Pando y Montes, callejón Pizarro de la ciudad de La Paz, inscrito en Derechos Reales bajo la partida No. 01156654 de 14 de abril de 1992 a nombre del Banco Minero de Bolivia.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El Tesoro General de la Nación asumirá el pasivo emergente de dicha transferencia hasta la suma de $us. 945.398.- (NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO DOLARES AMERICANOS), en favor del Banco Minero de Bolivia.
ARTÍCULO TERCERO.- El Banco Minero de Bolivia excluirá de su patrimonio el referido inmueble y abonará en su cuenta el monto indicado en el artículo anterior.
ARTÍCULO CUARTO.- Se dispone la entrega de la documentación correspondiente a la Universidad Mayor de San Andrés, a fin de que pueda formalizar, perfeccionar y consolidar su derecho propietario sobre el indicado inmueble.
Los señores Ministros de Planeamiento y Coordinación y de Finanzas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, al primer día del mes de octubre de mil novecientos noventa y dos años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Manfredo Kempff Suárez Min. RR. EE. y Culto a.i., Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Saenz Klinski, Jorge Landívar Roca, Samuel Doria Medina Auza, Jorge Quiroga Ramírez, Hedim Céspedes Cossio, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Eusebio Gironda Cabrera Min. Trabajo y Desarrollo Laboral a.i., Carlos Dabdoub Arrien, Augusto Pereira Martinez Min. Minería y Metalurgia a.i., Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, Jaime Céspedes Toro.