24 DE NOVIEMBRE DE 1992 .- Se encomienda al Min. Asuntos Urbanos, la ejecución del "Plan Integral para el Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado de la ciudad de Potos!" (PlAP).
DECRETO SUPREMO N° 23332
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que debido a las deficiencias en las actuales fuentes de aprovisionamiento de agua potable y al extremo deterioro del antiguo sistema de distribución, la población de la ciudad de Potosí viene enfrentando en forma crónica la escasez y el racionamiento de agua potable; situación que ocasiona serio detrimento en el nivel de vida y en la atención a las necesidades básicas de esa población.
Que es deber de las instancias correspondientes dar prioridad a la atención de estos problemas, tal como lo establece la Política de Desarrollo Social y Económico del Supremo Gobierno.
Que en atención a esta vital necesidad en el inmediato plazo, es de prioridad la ejecución del “Plan Integral de Solución para el Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado para la ciudad de Potosí”, el mismo que permitirá superar el problema considerando la solución más eficiente, de una manera integra, en base a consideraciones y justificaciones técnicas y económicas precisas.
Que es indispensable asegurar de inmediato, la provisión de agua potable para la ciudad de Potosí.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Se encomienda al Ministerio de Asuntos Urbanos, en su calidad de cabeza de sector, la ejecución del “Plan Integral para el Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado de la ciudad de Potosí” (PIAP), que deberá resolver en forma integral hasta su total conclusión el problema del abastecimiento, tratamiento y distribución de agua potable, así como el de la red de alcantarillado.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se encomienda al Ministerio de Planeamiento y Coordinación la responsabilidad de la obtención del financiamiento requerido, tanto para las etapas de preinversión como de inversión que demanda el PIAP.
ARTÍCULO TERCERO.- En ejecución del PIAP, se dispone la inmediata licitación de las obras, para la captación y aducción de los recursos hídricos del Rio San Juan, con financiamiento externo y del Tesoro General de la Nación, en base al proyecto de diseño final ya elaborado, conforme al siguiente cronograma.
20 de diciembre de 1992 - Convocatoria a licitación pública.
5 de febrero de 1993 - Apertura y calificación de propuestas.
20 de febrero de 1993 - Suscripción del contrato de adjudicación e iniciación de obras.
ARTÍCULO CUARTO.- En el contexto del PIAP, instrúyese la elaboración del Plan Maestro y el Estudio de Pitometría, que cuentan con financiamientos propios, para la ejecución del Proyecto de renovación y ampliación de la red de distribución de agua potable y la red de alcantarillado de la ciudad de Potosí.
ARTÍCULO QUINTO.- Créase la “Unidad Gestora de PIAP”, entidad que se encargará de la evaluación de los estudios y del seguimiento de los proyectos en ejecución con el objeto de realizar una efectiva fiscalización. Asimismo, coadyuvará en las gestiones tendentes a la obtención del financiamiento y a los oportunos desembolsos requeridos por el PIAP.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planeamiento y Coordinación y de Asuntos Urbanos quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y dos años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Ronald MacLean Abaroa, Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Saenz Klinsky, Roberto Peña Rodriguez, Samuel Doria Medina Auza, Pablo Zegarra Arana, Olga Saavedra de Querejazu, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Eusebio Gironda Cabrera, Carlos Dabdoub Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, José L. Lupo Flores.