23 DE DICIEMBRE DE 1992 .- Se autoriza al señor Ministro de Finanzas o al señor Embajador de Bolivia en Francia, suscribir el Protocolo Financiero con el Gobierno de la República de Francia, hasta un monto de F.Fr. 8.000.000, destinados a financiar el Proyecto Teleférico La Paz - El Alto.
DECRETO SUPREMO Nº 23371
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Gobierno de la República de Francia ha concedido a la República de Bolivia un préstamo por la suma de F.Fr. 8.000.000.- (OCHO MILLONES DE FRANCOS FRANCESES), destinados al financiamiento del Proyecto Teleférico La Paz-El Alto.
Que este Proyecto es un cofinanciamiento para la compra de bienes y servicios franceses para el Proyecto Teleférico La Paz-El Alto, financiado por el Gobierno de España a través del Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD) y de los fondos de Contravalor del Fondo de Ayuda al Equipamiento (FAE).
Que el Comité de Financiamiento Externo, mediante Resolución No. 040/92 de 23 de diciembre de 1992 ha aprobado el financiamiento del Proyecto Teleférico La Paz-El Alto.
Que es preciso autorizar la suscripción del respectivo Protocolo Financiero a objeto de concretar el financiamiento.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Se autoriza al señor Ministro de Finanzas o indistintamente al señor Embajador de Bolivia en Francia, suscribir en representación de la República de Bolivia el correspondiente Protocolo Financiero con el Gobierno de la República de Francia, hasta un monto de OCHO MILLONES DE FRANCOS FRANCESES (F.Fr. 8.000.000), destinados a financiar el Proyecto Teleférico La Paz-El Alto.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorízase al Ministerio de Finanzas traspasar al Banco Central de Bolivia (BCB) los recursos del Protocolo Financiero mediante la suscripción del respectivo Convenio Subsidiario de Ejecución del Proyecto.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Transportes, Comunicaciones y Aeronaútica Civil, Planeamiento y Coordinación y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitres días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y dos años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Humberto Borht Artieda Min. RR. EE. y Culto a.i., Carlos A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Saenz Klinsky, Roberto Peña Rodriguez, Flavio Escobar Min. Planeamiento y Coordinación a.i., Pablo Zegarra Arana, Olga Saavedra de Querejazu, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Eusebio Gironda Cabrera, Carlos Dabdoub Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, José Luis Lupo Flores.