07 DE ENERO DE 1992 .- Se aprueba el reconocimiento acordado por YPFB a favor de las compañías Diamond Shamrock y Sol Petróleo S.A., como las nuevas propietarias de Occidental Boliviana inc. y Canadian Oxy (Boliviana) Ltd.
DECRETO SUPREMO N° 23383
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, ha suscrito con Occidental Boliviana Inc. (OBI) dos contratos de operación, para los bloques Porvenir el 8 de abril de 1972 y Madre de Dios el 3 de octubre de 1,988;
Que los contratos de operación petrolífera requieren de una carta de garantía expedida por la casa matriz, comprometiendo el estricto cumplimiento de los programas de trabajo establecidos en los mismos, de acuerdo a disposiciones legales;
Que Diamond Shamrock y Sol Petróleo S.A., mediante su empresa DIAMOND - SOLOBI, adquirieron la totalidad de acciones de Occidental Boliviana Inc.;
Que el directorio de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, en su reunión ordinaria 12/92 y mediante resolución 44/92, ha calificado a Diamond Shamrock Inc. y Sol Petróleo S.A. como técnica, económica y financieramente competentes para cumplir con los compromisos de los contratos de operación en los bloques Porvenir y Madre de Dios;
Que Diamond Shamrock Inc. y Sol Petróleo S.A. han presentado las cartas de garantía para respaldar la seriedad de cumplimiento de los programas de trabajo y apoyo técnico financiero, sustituyendo las presentadas anteriormente por Occidental Petroleum Corporation y Canadian Occidental Petroleum;
Que la Junta Directiva Estatal, mediante resolución 33/92 de 27 de octubre de 1,992, ha aprobado el reconocimiento efectuado por el directorio de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos de los nuevos propietarios de OBI y la sustitución de garantías presentadas por las compañias Diamond Shamrock Inc. y Sol Petróleo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Se aprueba el reconocimiento acordado por Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos a favor de las compañías Diamond Shamrock y Sol Petróleo S.A., como las nuevas propietarias de Occidental Boliviana Inc. y Canadian Oxy (Boliviana) Ltd., quienes presentaron sus respectivas garantías en substitución de las otorgadas por las anteriores propietarias, Occidental Petroleum Corporation y Canadian Occidental Petroleum.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se autoriza a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos suscribir el contrato modificatorio pertinente con Occidental Boliviana Inc. y Canadian Oxy (Boliviana).
El señor Ministro de Estado en el despacho de Energía e Hidrocarburos queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de enero de mil novecientos noventa y tres años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Ronald MacLean Abaroa, Carlos, A. Saavedra Bruno, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Saenz Klinsky, Roberto Peña Rodriguez, Samuel Doria Medina Auza, Pablo Zegarra Arana, Olga Saavedra de Querejazu, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Eusebio Gironda Cabrera, Carlos Dabdoub Arrien, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Fernando Kieffer Guzmán, José Luis Lupo Flores.