21 DE JULIO DE 1993 .- Dispónese la transferencia por el Intendente especial de liquidación del Banco Minero de Bolivia del automóvil de esta institución bancaria, marca Nissan Laurel Altima M-240-GTS-R, Cód. Inv. 1-2-1-61-020-0004, chasis MA 31 552683 motor RB-24524-6 en línea, color guindo, placa LAS-626, modelo 1990, a los activos del Ministerio de Minería y Metalurgia.
DECRETO SUPREMO Nº 23554
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Gobierno de la nación ha determinado, mediante el artículo 3 del decreto supremo 22862 de 15 de julio de 1991, la suspensión de toda nueva operación crediticia del Banco Minero de Bolivia;
Que actualmente el Banco Minero de Bolivia se encuentra en proceso de liquidación de todos sus bienes, muebles e inmuebles, hallándose su automóvil marca Nissan Laurel Altima M-240-GTS-R, Cód. Inv. 1-2-1-61-020-0004, chasis MA 31 552683, motor RB-24524-6 en línea, color guindo, placa LAS-626, modelo 1990, en uso del Ministro de Minería y Metalurgia, en calidad de préstamo;
Que es necesario regularizar el traspaso del automóvil mencionado a los activos del Ministerio de Minería y Metalurgia, de conformidad con los preceptos de la ley 1178 de 20 de julio de 1990, referente a la disposición de bienes del patrimonio del Estado.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Dispónese la transferencia por el Intendente especial de liquidación del Banco Minero de Bolivia del automóvil de esta institución bancaria, marca Nissan Laurel Altima M-240-GTS-R, Cód. Inv. 1-2-1-61-020-- 0004, chasis MA 31 552683 motor RB-24524-6 en línea, color guindo, placa LAS-626, modelo 1990, a los activos del Ministerio de Minería y Metalurgia.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El Ministerio de Minería y Metalurgia abonará de su partida presupuestaria de funcionamiento 433 “Equipo y transporte tracción y elevación” en compensación y en favor del Banco Minero de Bolivia, la suma de DIECISEIS MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$. 16.000.-), precio del vehículo en los libros de activos de la mencionada institución bancaria.
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Finanzas así como Minería y Metalurgia quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los veintiún días del mes de julio de mil novecientos noventa y tres años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Ronald MacLean Abaroa, Carlos Saavedra Bruno., Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Saenz Klinsky, Roberto Peña Rodriguez, Samuel Doria Medina Auza, Pablo Zegarra Arana, Emma Navajas de Alandia, Carlos Aponte Pinto, Fernando Campero Prudencio, Eusebio Gironda Cabrera, Carlos Dabdoub Arrien, Alvaro Rejas Villarroel, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Herbert Muller Costas, Germán Velasco Cortéz, José Luis Lupo Flores.