03 DE SEPTIEMBRE DE 1993 .- El Tesoro General de la Nación, asumirá el pasivo del Fondo Nacional de Exploración Minera, en liquidación, hasta la suma de $us. 491,150 en concepto de cobertura por la transferencia del inmueble de propiedad del FONEM ubicado en el Edificio Orión de la ciudad de La Paz, en favor del Ministerio de Finanzas con destino al Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe.
DECRETO SUPREMO Nº 23633
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Decreto Supremo No. 23540 de 1ro. de julio de 1993 dispone la entrega en calidad de comodato de las oficinas e instalaciones del Fondo Nacional de Exploración Minera en liquidación al Fondo para el Desarrollo de los Pueblos indígenas de América Latina y el Caribe, por un período de diez años, para el funcionamiento de su sede en la ciudad de La Paz;
Que el Fondo Nacional de Exploración Minera se liquida en cumplimiento del Decreto Supremo 22865 de 15 de julio de 1991 y la Resolución de la Superintendencia de Bancos No. 181/91 de 1ro. de octubre de 1991, cumpliendo para el efecto lo estipulado al respecto en la Ley General de Bancos de 11 de Julio de 1928;
Que la Intendencia de liquidación del Fonda Nacional de Exploración Minera debe efectuar la venta de sus activos de acuerdo con las disposiciones contenidas en la Ley de Bancos y Entidades Financieras, el Código de Comercio y demás normas conexas, para con esos recursos cancelar la obligación que la Entidad mantiene con el Banco Mundial.
Que la Superintendencia de Bancos prevé la conclusión del proceso de liquidación del Fondo Nacional de Exploración Minera máximo hasta el 31 de diciembre de 1994.
Que la transferencia de un inmueble de propiedad del Estado en carácter de comodato no está comprendida en el alcance del inciso 7) del artículo 59 de la Constitución Política del Estado.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- El Tesoro General de la Nación, asumirá el pasivo del Fondo Nacional de Exploración Minera, en liquidación, hasta la suma de $us. 491.150.- (CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MIL, CIENTO CINCUENTA 00/100 DOLARES AMERICANOS), en concepto de cobertura por la transferencia del inmueble de propiedad del FONEM ubicado en el Edificio Orión de la ciudad de La Paz, en favor del Ministerio de Finanzas con destino al Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El contrato de comodato sobre las oficinas e instalaciones del Fondo Nacional de Exploración Minera, en liquidación, que constan de una planta de oficinas de 1.249 metros cuadrados y seis parqueos, deberá ser rubricado entre el Ministerio de Finanzas, nuevo propietario de estos activos y el Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Minería y Metalurgia y de Finanzas y de la Presidencia de la República, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y tres años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Araníbar Quiroga, Germán Quiroga Gómez, Antonio Céspedes Toro, Carlos Sánchez Berzain, Fernando Illanes de la Riva, Fernando Romero Moreno, Reynaldo Peters Arzabe, Herman Antelo Laughlin, Carlos Morales Guillén, José G. Justiniano Sandóval.