22 DE SEPTIEMBRE DE 1993 .- Entretanto concluya la reestructuración del Poder Ejecutivo, a través del instrumento legal pertinente se efectua la designación de los representantes de Estado, en calidad de Gobernantes Titulares, Gobernantes Alternos, Representantes Titulares y Representantes Alternos ante los Organismos Financieros Internacionales.
DECRETO SUPREMO Nº 23648
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que mediante decreto presidencial 23623 de 6 de agosto de 1993 fué designado el nuevo Gabinete ministerial del Gobierno de la Nación;
Que es necesario sustituir las normas legales mediante las cuales se designó a los representantes titulares y alternos de nuestro país ante los organismos financieros internacionales, y efectuar las nuevas designaciones, a fin que Bolivia concurra a las reuniones de dichos organismos.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Entretanto concluya la reestructuración del Poder Ejecutivo, a través del instrumento legal pertinente se efectúa la designación de los representantes de Estado, en calidad de Gobernantes titulares, Gobernantes alternos, Representantes titulares y representantes alternos ante los organismos financieros internacionales, de la siguiente manera:
En calidad de Gobernador titular ante el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), International Development Asociation (IDA). Fondo Monetario Internacional (FMI), International Finance Corporation (IFC), International Investment Corporation (IIC), Multilateral Investment Guarantee Agency (MIGA), y Fondo de la Cuenca del Plata al Ministro de Hacienda y Desarrollo Económico, Ing. Fernando Illanes de la Riva.
En calidad de Gobernador alterno ante el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) , Internationa1 Development Asociation (IDA) Intérnational Finance Corporation (IFC), International Investment Corporaction (IFC), Multilateral Investment Guarantee Agency (MIGA) y Fondo de la Cuenca del Plata, al Ministro de Desarrollo Humano, Lic. Fernando Romero Moreno.
En calidad de Gobernador alterno ante el Fondo Monetario Internacional (FMI), al Presidente del Banco Central de Bolivia Lic. Fernando Candía.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se deroga todas las disposiciones legales contrarias al presente decreto supremo.
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Hacienda y Desarrollo Económico y de Desarrollo Humano quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y tres años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Araníbar Quiroga, Germán Quiroga Gómez, Antonio Céspedes Toro, Carlos Sánchez Berzain, Carlos Morales Guillén, Fernando Illanes de la Riva, Fernando Romero Moreno, José G. Justiniano Sandóval, Reynaldo Peters Arzabe, Herman Antelo Laughlin