06 DE ENERO DE 1994 .- Se aprueba la solicitud de la Compañia Santa Fe Energy Resources of Bolivia Inc. para subrogar y transferir el 50% de sus acciones, en favor de la Compañia Texaco Exploration Bolivia Chaco Inc.
DECRETO SUPREMO N° 23705
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Compañía Santa Fe Energy Resources of Bolivia Inc., solicitó autorización para subrogar y transferir en favor de Texaco Exploration Bolivia Chaco Inc., el 50% de sus acciones, que constituye la totalidad de sus derechos y obligaciones, derivados del contrato de operación suscrito con Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos mediante Escritura Pública No.1 de 21 de enero de 1991, aprobado por decreto supremo 22563 de 1 de agosto de 1990, para la ejecución de trabajos petrolíferos en el Bloque Hito Villazón, ubicado en las provincias Coordillera del departamento de Santa Cruz de la Sierra, Luis Calvo del departamento de Chuquisaca y Gran Chaco del departamento de Tarija.
Que el Directorio de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, mediante resolución 48/93 de 19 de mayo de 1993, expresa su consentimiento a la subrogación y transferencia solicitada por Santa Fe Energy Resources of Bolivia Inc., y a su vez la Junta Directiva Estatal de Y.P.F.B., autoriza con resolución 05/93 de 21 de julio de 1993, conforme a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley de Hidrocarburos 1194 de 1 de noviembre de 1990 e inciso 10.1.9, de la cláusula decima del contrato de operación, la misma que para su validéz legal requiere aprobación mediante decreto supremo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Se aprueba la solicitud de la Compañía Santa Fe Energy Resources of Bolivia Inc., para subrogar y transferir el 50% de sus acciones, que constituye la totalidad de sus derechos y obligaciones que tiene en el contrato de operación petrolífera suscrito con Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, mediante escritura pública No. 1 de 21 de enero de 1991 para la ejecución de trabajos petrolíferos en el Bloque Hito Villazón, ubicado en las provincias Cordillera del departamento de Santa Cruz de la Sierra, Luis Calvo del departamento de Chuquisaca y Gran Chaco del departamento de Tarija, en favor de la Compañía Texaco Exploration Bolivia Chaco Inc., de conformidad a lo estipulado en el inciso 10.1.9 de la Cláusula Décima del Contrato de Operación mencionado y lo establecido en el artículo 23 de la Ley de Hidrocarburos.
ARTÍCULO 2.- Se autoriza a los personeros legales de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, suscribir en representación de la entidad el correspondiente contrato de subrogación de operación petrolífera y la escritura pública con intervención del Fiscal de Materia Administrativa y las garantías y formalidades de Ley ante la Notaria de Minas y Petróleo, con sede en la ciudad de La Paz.
Los señores Ministros de Estado en sus respectivos despachos quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de enero de mil novecientos noventa y cuatro años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Araníbar Quiroga, Carlos Sánchez Berzain, MIN. DE LA PRESIDENCIA Y SUPLENTE DE GOBIERNO, Antonio Céspedes Toro, Carlos Morales Guillén, Fernando Illanes de la Riva, Fernando Romero Moreno, José G. Justiniano Sandoval, Reynaldo Peters Arzabe, Herman Antelo Laughlin.