21 DE ABRIL DE 1994 .- Se autoriza suscribir el correspondiente acuerdo de cooperación con el Gobierno de la Argentina por un monto de $us. 84,000,000 , de los cuales 54,000,000 se destinará a fondos de contrapartida local y $us. 34,000,000
DECRETO SUPREMO N° 23764
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que en el marco de la cooperación económica entre las Repúblicas de Bolivia y Argentina, esta última acuerda entregar a la primera US$. 84.000.000, destinados a fondos de contrapartida local y a financiar bienes, instalaciones y equipos argentinos y bolivianos para programas de salud en las áreas de frontera;
Que es objetivo fundamental del Gobierno nacional contribuir al desarrollo económico del país mediante recursos provenientes de cooperaciones, posibilitando una mayor disponibilidad de fondos bancarios destinados a financiar programas de salud;
Que es preciso autorizar la suscripción del respectivo contrato de préstamo, a objeto de concretar el financiamiento.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA
ARTÍCULO ÚNICO.- Se autoriza a la Secretaria Nacional de Hacienda o indistintamente al Subsecretario del Tesoro, suscribir en representación del Gobierno boliviano el correspondiente acuerdo de cooperación con el Gobierno de la Argentina por un monto de OCHENTA Y CUATRO MILLONES 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$. 84.000.000.-) de los cuales 54.000.000 se destinará a fondos de contrapartida local y $us. 34.000.000 a financiar bienes y servicios para un programa de salud en las áreas de frontera de Bolivia con la Argentina.
El señor Ministro de Estado en el despacho de Hacienda y Desarrollo Económico queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiun días del mes de abril de mil novecientos noventa y cuatro años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Jorge Gumucio Granier MIN. SUPLENTE DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, Germán Quiroga Gómez, Raúl Tovar Piérola, Carlos Sánchez Berzain, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Alvaro Cossio, Enrique Ipiña Melgar, José G. Justiniano Sandoval, Reynaldo Peters Arzabe, Ernesto Machicao Argiró, Alfonso Revollo Thenier.