17 DE FEBRERO DE 1995 .- Se aprueba los aumentos propuestos por el Banco Interamericano de Desarrollo, BID, de su capital autorizado en la suma de US$ 40.000.001.466 y de su Fondo para Operaciones Especiales en el monto de US$ 1.000.004.736 , de acuerdo a los términos de la resolución A
DECRETO SUPREMO N° 23960
GONZALO SANCHES DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Banco Interamericano de Desarrollo, BID, ha aprobado mediante resolución AG-6/94 de 12 de agosto de 1,994 de su Asamblea de Gobernadores, el "Informe sobre el octavo aumento general de los recursos del BID", documento AB-1704, acordando: a) el aumento en US$ 40.000.001.466.- de su capital autorizado, correspondiendo a Bolivia aportar US$ 304.674.048; b) el aumento en US$ 1.000.004.736.- de su Fondo para Operaciones Especiales, en el que el país aportaría US$ 1.092.301.-; c) la transferencia de recursos adicionales a la Facilidad de Financiamiento Intermedio; d) el establecimiento de un fondo de cooperación técnica; y e) enmiendas al Convenio constitutivo del Banco, al reglamento de la Asamblea de Gobernadores y a las normas generales para la admisión de países extraregionales como miembros del Banco;
Que es preciso aprobar los referidos aumentos de recursos del Banco y autorizar la suscripción de las porciones que corresponda al país, así como aprobar también la transferencia de recursos adicionales a la Facilidad de Financiamiento Intermedio, el establecimiento del Fondo de Cooperación Técnica y las enmiendas referidas; todo de conformidad a la resolución citada que recomienda a los países miembros adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a las determinaciones asumidas.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO l.- Se aprueba los aumentos propuestos por el Banco Interamericano de Desarrollo, BID, de su capital autorizado en la suma de US$ 40.000.001.466.- y de su Fondo para Operaciones Especiales en el monto de US$ 1.000.004.736.-, de acuerdo a los términos de la resolución AG-6/94 de 12 de agosto de 1994 de su Asamblea de Gobernadores.
ARTÍCULO 2.- Autorízase la suscripción por Bolivia de la porción de US$ 304.674.048.-, que le ha sido asignada en el aumento del capital ordinario del Banco Interamericano de Desarrollo, correspondiendo US$6.514.253.- al capital pagadero en efectivo y US$298.159.795.- al capital exigible.
ARTÍCULO 3.- Se autoriza la suscripción por Bolivia de la porción de US$ 1.092.301.-, que le corresponde en el aumento de recursos del Fondo para Operaciones Especiales del BID.
ARTÍCULO 4.- Se aprueba la transferencia de recursos adicionales a la denominada Facilidad de Financiamiento Intermedio y el establecimiento del Fondo de Cooperación Técnica, según los términos establecidos en el Informe sobre el octavo aumento general de los recursos del Banco Interamericano de Desarrollo", anexo C y E respectivamente.
ARTÍCULO 5.- Se aprueba las modificaciones al convenio constitutivo del Banco, al reglamento de la Asamblea de Gobernadores y a las normas generales para la admisión de países extraregionales como miembros del Banco, según los términos establecidos en el anexo D del “Informe sobre el octavo aumento general de los recursos del Banco Interamericano de Desarrollo.
ARTÍCULO 6.- Autorízase al Ministro de Hacienda firmar como Gobernador de Bolivia ante el Banco Interamericano de Desarrollo, los documentos de obligación correspondientes a las suscripciones de incrementos, así como realizar todas las acciones necesarias conducentes al cumplimiento de las formalidades requeridas para poner en ejecución las aprobaciones y autorizaciones a que los artículos anteriores se refieren.
El señor Ministros de Estado en el despacho de Hacienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes.de febrero de mil novecientos noventa y cinco años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Araníbar Quiroga, Carlos Sánchez Berzaín, Raúl Tovar Piérola, José G. Justiniano Sandoval, Rene Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Alvaro Cossio, Enrique Ipiña Melgar, Luis Lema Molina, Reynaldo Peters Arzabe, Ernesto Machicao Argiró, Edgar Saravia Durnik MIN. SUPLENTE DE CAPITALIZACIÓN, Carlos Miranda Pacheco MIN. SUPLENTE DE DESARROLLO ECONÓMICO.