28 DE ABRIL DE 1995 .- Se dispone la transferencia sin costo alguno en favor del Ministerio Sin Cartera Responsable de Capitalización, del total de las acciones emitidas y a emitirse de clase "A" y clase "B", que poseen en la Empresa Nacional de Electricidad S.A. (ENDE), el ex Ministerio de Energía e Hidrocarburos y Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), con excepción de una acción clase "A", que permanecerá en propiedad de YPFB.
DECRETO SUPREMO Nº 23995
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el capital social de la Empresa Nacional de Electricidad (ENDE) fue conformado por aportes del ex Ministerio de Energía e Hidrocarburos, de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) y de la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL).
Que los aportes accionarios hechos por YPFB y COMIBOL fueron efectuados tanto con recursos aportados directamente o indirectamente por el Estado, como con recursos provenientes de capitalización de utilidades.
Que las acciones de propiedad de COMIBOL se encuentran en proceso de transferencia en favor del Tesoro General de la Nación, de conformidad con el decreto supremo 23974 de 1 de marzo de 1995.
Que la Ley 1544 de 21 de marzo de 1994 (Ley de Capitalización), establece el proceso de capitalización de las empresas públicas, entre ellas ENDE, previa conversión en sociedades de economía mixta y con la participación de sus trabajadores.
Que para alcanzar los objetivos del Supremo Gobierno, dentro de los cronogramas trazados, es necesario que las acciones emitidas por ENDE, de propiedad del ex Ministerio de Energía e Hidrocarburos, Actual Secretaría Nacional de Energía, y las de propiedad de YPFB, sean transferidas en propiedad al Ministerio Sin Cartera Responsable de Capitalización, con excepción de las acciones en proceso de transferencia al Tesoro General la Nación, y una acción de propiedad de YPFB, para el mantenimiento de la forma jurídica de ENDE como sociedad anónima.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se dispone la transferencia sin costo alguno en favor del Ministerio Sin Cartera Responsable de Capitalización, del total de las acciones emitidas y a emitirse de clase “A” y clase “B”, que poseen en la Empresa Nacional de Electricidad S.A. (ENDE), el ex Ministerio de Energía e Hidrocarburos y Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), con excepción de una acción clase “A”, que permanecerá en propiedad de YPFB.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda, Sin Cartera Responsable de Desarrollo Económico y Sin Cartera Responsable de Capitalización, quedan encargados del cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de abril de mil novecientos noventa y cinco años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Eduardo Trigo O'Connor d'Arlach MIN. SUPLENTE DE RR. EE. Y CULTO, Carlos Sánchez Berzaín, Raúl Tovar Piérola, José G. Justiniano Sandoval, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Alvaro Cossio, Enrique Ipiña Melgar, Luis Lema Molina, Reynaldo Peters Arzabe, Ernesto Machicao Argiró, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés.