22 DE AGOSTO DE 1995 .- Se autoriza al Ministro de Hacienda, suscribir en nombre del gobierno de la República de Bolivia, con la Corporación de Crédito para Productos el correspondiente Convenio de Crédito por un monto de hasta $us.5.000.000 bajo el Programa PL 480
DECRETO SUPREMO_Nº 24091
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que es objetivo fundamental del supremo gobierno de Bolivia asegurar el abastecimiento de productos básicos alimenticios, en las mejores condiciones del mercado nacional e internacional;
Que es necesario mejorar la seguridad alimentaria y el desarrollo agrícola del país, fomentando las iniciativas para el incremento de la producción y la productividad con recursos de monetización de la ayuda alimentaria.
Que para el efecto, la Corporación de Crédito para Productos ha aprobado el financiamiento correspondiente a la venta de 25.000 T.M. de trigo a compradores autorizados por la República de Bolivia, por un monto de CINCO MILLONES, 00/100 DOLARES AMERICANOS ($US. 5.000.000.-) bajo el Programa PL - 480 - Título I.
Que es preciso autorizar la suscripción del respectivo Convenio a objeto de materializar este financiamiento.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA
ARTÍCULO 1.- Se autoriza al Ministro de Hacienda, suscribir en nombre del gobierno de la República de Bolivia, con la Corporación de Crédito para Productos el correspondiente Convenio de Crédito por un monto de hasta CINCO MILLONES, 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 5.000.000.-) bajo el Programa PL - 480 - Título I, destinado a financiar la compra de 25.000 T.M. de trigo.
ARTÍCULO 2.- Se designa a la Secretaría Ejecutiva PL - 480 - Titulo III como administradora operacional de la importación señalada, en coordinación con la Secretaría Nacional de Hacienda, a cuyo efecto, deberá suscribirse el Convenio de Administración respectivo.
El señor Ministro de Estado en el despacho de Hacienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de agosto de mil novecientos noventa y cinco años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Carlos Sánchez Berzaín, Raúl Tovar Piérola, José G. Justiniano Sandoval, Rene Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Alvaro Cossio, Enrique Ipiña Melgar, Luis Lema Molina, Reynaldo Peters Arzabe, Ernesto Machicao Argiró, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés.