08 DE FEBRERO DE 1996 .- Se aprueba y ratifica el contenido de la decisión 376 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena.
DECRETO SUPREMO N° 24226
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que Bolivia aprobó y ratificó, mediante decreto 8985 de 6 de noviembre de 1969 y decreto supremo 11189 de 29 de noviembre de 1973, el Acuerdo de Integración Subregional Andino suscrito en Bogotá el 26 de mayo de 1969, así como el instrumento adicional para la adhesión de Venezuela a ese acuerdo, firmado en Lima el 13 de febrero de 1973;
Que la Comisión del Acuerdo de Cartagena publicó, el 21 de abril de 1995, la decisión 376 por la que se crea el Sistema Andino de Normalización, Acreditación, Ensayos, Certificación, Reglamentos Técnicos y Metrología, que reemplaza a la decisión 180 que estableció el Sistema Subregional Andino de Coordinación de las Actividades de Normalización Técnica, Certificación de Calidad y Metrología;
Que las actividades de normalización, acreditación, ensayos, certificación, reglamentos técnicos y metrología son herramientas esenciales para el desarrollo de la subregión, porque proporcionan la progresiva mejora de la calidad de los productos y servicios intercambiados en el comercio internacional, constituyéndose en la protección de la salud, la seguridad, el medio ambiente y el consumidor;
Que es necesario asegurar que las medidas adoptadas por los países miembros, en las materias citadas, se apliquen en forma que no constituyan discriminaciones o restricciones encubiertas al comercio, continuando un proceso de armonización que tome en cuenta los nuevos avances en las actividades de normalización, acreditación, ensayos, certificación, reglamentos técnicos y metrología atendiendo las características que los mercados internacionales han tomado;
Que es competencia del Ministerio de Desarrollo Económico, conforme al artículo 18 inciso a y h de la ley 1493 de 17 de septiembre de 1,993, formular, instrumentar y fiscalizar las políticas sectoriales del área económica, las de promoción y fomento a las exportaciones, así como las referidas a las actividades comerciales; correspondiendo al Secretario Nacional de Industria y Comercio establecer y administrar el sistema de normas y tecnología, en cumplimiento del artículo 56 inciso f del decreto supremo 23660 de 12 de octubre de 1,993.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se aprueba y ratifica el contenido de la decisión 376 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena que crea el “Sistema Andino de Normalización, Acreditación, Ensayos, Certificación, Reglamentos Técnicos y Metrología”, y se instruye al Ministerio de Desarrollo Económico que proceda a ejecutar por medio de la Secretaría Nacional de Industria y Comercio las pertinentes tareas para su aplicación.
El señor Ministro de Estado en el despacho de Desarrollo Económico quedan encargado del cumplimiento y ejecución del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de febrero de mil novecientos noventa y seis años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Carlos Sánchez Berzaín, Jorge Otasevic Toledo, José Guillermo Justiniano Sandoval, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Freddy Teodovich Ortíz, Moisés Jarmúsz Levy, Reynaldo Peters Arzabe, Irving Alcaráz del Castillo, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés.