27 DE FEBRERO DE 1996 .- Se reconoce la personalidad jurídica de NACIONAL FINANCIERA BOLIVIANA SOCIEDAD ANÓNIMA MIXTA, NAFIBO S.A.M.
DECRETO SUPREMO Nº 24246
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que se autorizó por decreto supremo 23896 de 22 de noviembre de 1994, la formación de una sociedad anónima de economía mixta de la República de Bolivia con la Corporación Andina de Fomento, encargada de otorgar asistencia financiera a los sectores productivos del país, mediante el sistema financiero nacional, habiéndose encomendado al Ministro de Hacienda la suscripción del pertinente convenio, el mismo que fue firmado por las partes contratantes el 24 de noviembre de 1994;
Que el artículo 84 de la ley 1670 de 31 de octubre de 1995 ha aprobado el aporte del Estado el capital de la nueva sociedad; de conformidad con el artículo 430 inciso 1 del Código de Comercio;
Que las partes contratantes han suscrito, de conformidad al artículo 428 inciso 2 del Código de Comercio, el respectivo contrato social y aprobado los estatutos que contiene, correspondiendo reconocer la personalidad jurídica de la nueva sociedad, de acuerdo con el dictamen de 21 de diciembre de 1995 del Registro de Comercio y Sociedades por acciones.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Se reconoce la personalidad jurídica de la sociedad anónima mixta que girará bajo la denominación de NACIONAL FINANCIERA BOLIVIANA SOCIEDAD ANÓNIMA MIXTA, NAFIBO S.A.M., aprobándose el contrato de constitución social y los estatutos que contiene, en sus ochenta y cuatro artículos incluido uno transitorio, agrupados en nueve títulos, debiendo procederse a su protocolización en la Notaría de Gobierno de La Paz. La nueva sociedad se desenvolverá como persona de derecho privado, de acuerdo con las normas del Código de Comercio y sus estatutos.
ARTÍCULO 2.- El capital autorizado de la nueva sociedad es de TRESCIENTOS MILLONES 00/100 DE BOLIVIANOS (Bs300.000.000.-), del cual la República de Bolivia participará hasta la suma de DOSCIENTOS SETENTA MILLONES 00/100 DE BOLIVIANOS (Bs.270.000.000.-).
El señor Ministro de Estado en el despacho de Hacienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de febrero de mil novecientos noventa y seis años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Carlos Sánchez Berzaín, Jorge Otasevic Toledo, José Guillermo Justiniano Sandoval, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Freddy Teodovich Ortíz, Moisés Jarmúsz Levy, Reynaldo Peters Arzabe, Irving Alcaráz del Castillo, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés.