Logo
ChatbotNormativa
Volver

Decreto Supremo 24306

04 DE JUNIO DE 1996 .- Aprobar la escala de remuneraciones para la Policía Nacional.

DECRETO SUPREMO N° 24306

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

C O N S I D E R A N D O:

Que por Ley 1686 de 14 de marzo de 1996, se ha aprobado el Presupuesto General de la Nación correspondiente a la gestión 1996.

Que la Ley Orgánica de la Policía Nacional, sancionada el 21 de marzo de 1985, establece que la Policía Nacional es una institución fundamental del Estado cuya misión primordial es conservar el orden público, la defensa de la propiedad y la garantía del cumplimiento de las leyes, con la finalidad de hacer posible que los habitantes y la sociedad se desarrollen a plenitud, en un clima de paz y tranquilidad.

Que el artículo 54 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional, establece que el Estado debe otorgar a los funcionarios policiales, una remuneración acorde a su jerarquía, antiguedad, capacidad y mérito, que le aseguren un nivel de vida digno para sí y su familia.

Que el Presupuesto aprobado por Ley 1686, para el Ministerio de Gobierno, contempla la previsión de recursos necesarios para cubrir el requerimiento de la Policía Nacional, en la partida 14000 “Otros Aportes”.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

D E C R E T A:

ARTÍCULO 1.- Aprobar la escala de remuneraciones para la Policía Nacional, para su vigencia a partir del primero de enero de 1996, según el detalle adjunto.

ARTÍCULO 2.- Aprobar, a través del Ministerio de Hacienda, las modificaciones presupuestarias emergentes de la aplicación del artículo primero, en el grupo 10000 “Servicios Personales” del Ministerio de Gobierno.

El señor Ministros de Estado en el Despacho de Hacienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de junio de mil novecientos noventa y seis años.

FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Eduardo Trigo O'Connor d'Arlach MINISTRO SUPLENTE DE RR. EE. Y CULTO, Carlos Sánchez Berzaín, Jorge Otasevic Toledo, José Guillermo Justiniano Sandoval, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Freddy Teodovich Ortíz, Moisés Jarmúsz Levy, Reynaldo Peters Arzabe, Guillermo Richter Ascimani, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés.

Decreto Supremo 24306 | Bolivia - PixiLegal