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Decreto Supremo2438 Vigente

Decreto Supremo N° 2438

Presidencia
Vigente desde 9 de julio de 2015

08 DE JULIO DE 2015 .- Autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, transferir a título gratuito a favor del Ministerio de la Presidencia, el bien inmueble ubicado en la calle Uruguay de la Zona Central de la ciudad de La Paz; con destino a la implementación de oficinas administrativas para el Órgano Ejecutivo.

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2 versiones · desde 9 jul 2015
Última modificación
17 abr 2019
9 jul 201517 abr 2019
Esta versión fue introducida por: Decreto Supremo N° 3872 (17 de abril de 2019)
Bolivia: Decreto Supremo Nº 2438, 9 de julio de 2015

[Decreto Supremo Nº 2438](https://www.lexivox.org//norms/BO-DS-N2438.html) EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

  • Que el numeral 13 del Parágrafo I del Artículo 298 de la [Constitución Política del Estado](https://www.lexivox.org//norms/BO-CPE-20090207.html), señala como una de las competencias privativas del nivel central del Estado la administración del patrimonio del Estado Plurinacional y de las entidades públicas del nivel central del Estado.
  • Que el Artículo 209 del [Decreto Supremo Nº 0181](https://www.lexivox.org//norms/BO-DS-N181.html), de 28 de junio de 2009, Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, dispone que podrá darse la enajenación a título gratuito cuando los bienes no sean utilizados por la entidad y su venta no sea factible. La imposibilidad de la venta será determinada mediante informe técnico y legal.
  • Que para la implementación de oficinas administrativas para el Órgano Ejecutivo, se requiere contar con la infraestructura necesaria, para lo cual se precisa autorizar la transferencia del bien inmueble a favor del Ministerio de la Presidencia, en el marco del principio de la disposición de los bienes inmuebles entre entidades públicas.
  • EN CONSEJO DE MINISTROS,

    DECRETA:

    Artículo ÚNICO

    I. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, transferir a título gratuito el bien inmueble ubicado en la calle Uruguay de la Zona Central de la ciudad de La Paz, registrado a nombre del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, bajo la partida Nº 2.01.0.99.0021172, con una superficie de 2.011,30 m2 y una superficie construida de 3.783 m2, a favor del Ministerio de la Presidencia.

    II. El Presente Decreto Supremo se constituye en instrumento legal y suficiente para la inscripción del derecho propietario del bien inmueble señalado en Parágrafo precedente, en Derechos Reales y demás registros ante otras instancias.

    Los señores Ministros de Estado en los Despachos de la Presidencia, y de Economía y Finanzas Públicas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

    Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de julio del año dos mil quince.

    Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Reymi Luis Ferreira Justiniano, Rene Gonzalo Orellana Halkyer, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Ana Veronica Ramos Morales, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Virginia Velasco Condori, José Gonzalo Trigoso Agudo, Ariana Campero Nava, María Alexandra Moreira Lopez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Hugo José Siles Nuñez del Prado, Lenny Tatiana Valdivia Bautista, Marko Marcelo Machicao Bankovic, Marianela Paco Duran, Tito Rolando Montaño Rivera.

    Versión 2 de 2Vigente desde 17 de abril de 2019Texto obtenido de Lexivox