27 DE NOVIEMBRE DE 1996 .- Apruébase el Reglamento de Hidrocarburos Nuevos y Existentes, publicado en edición especial.
DECRETO SUPREMO N° 24419
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que en fecha 30 de abril de 1996 se promulgó la Ley de Hidrocarburos Nº 1689, modificada por la Ley Nº 1731 de 25 de noviembre de 1996;
Que la citada Ley dispone su reglamentación por el Poder Ejecutivo;
Que es necesario poner en vigencia la reglamentación correspondiente a Hidrocarburos Nuevos y Existentes.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTICULO UNICO.- Apruébase el "Reglamento de Hidrocarburos Nuevos y Existentes", que consta de 8 capítulos, 31 artículos y 2 anexos; cuyo texto forma parte del presente Decreto Supremo.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y sin Cartera Responsable de Desarrollo Económico, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y seis años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Carlos Sánchez Berzaín, Jorge Otasevic Toledo, José Guillermo Justiniano Sandoval, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Freddy Teodovich Ortíz, Moisés Jarmúsz Levy, Reynaldo Peters Arzabe, Guillermo Richter Ascimani, Luis Alfonso Peña Rueda, Ministro Suplente sin Cartera Responsable de Capitalización, Jaime Villalobos Sanjinés.