29 DE ENERO DE 1997 .- Se declara de utilidad pública la obra Programada de Regadíos de la Zona de Comarapa Saipina San Rafael, en la Provincia Manuel María Caballero del departamento de Santa Cruz.
DECRETO SUPREMO Nº 24486
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política del Estado en su artículo 22 dispone que la expropiación se impone por causa de utilidad pública calificada conforme a la Ley de 30 de diciembre de 1884; la cual dispone los procedimientos, formalidades y requisitos que han de cumplirse para la expropiación de bienes que han de ser afectados por la ejecución de obras públicas;
Que los gobiernos de Bolivia y Alemania, en fecha 17 de octubre de 1996, suscribieron un Contrato de préstamo y aporte financiero cuyo propósito es el de contribuir al desarrollo social y económico del país;
Que en el marco del citado Convenio se ha acordado que el Gobierno de Alemania asistirá al financiamiento de la ejecución del Programa de Regadíos de Santa Cruz en la Zona de Comarapa-Saipina-San Rafael, que consiste en la construcción de un embalse de agua y una de red de canales de regadío;
Que el referido proyecto, a lo largo de los canales y el embalse mismo, afecta superficies considerables de terrenos y fundos de carácter privado;
Que para la ejecución del Programa se hace indispensable proceder a la expropiación de los inmuebles que serán afectados por las obras públicas a ejecutar, las mismas que tienen por objeto directo proporcionar al Estado el uso o disfrute en beneficio común;
Que con arreglo a las leyes de la materia es necesario dictar las normas legales que dispongan la expropiación forzosa de los inmuebles que serán afectados, así como conceder el permiso para la ejecución de tan importante obra.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTICULO 1.- Se declara de utilidad pública la obra Programada de Regadíos de Santa Cruz en la Zona de Comarapa - Saipina - San Rafael, obra a ejecutarse en la Provincia Manuel María Caballero del departamento de Santa Cruz.
ARTICULO 2.- Se dispone la expropiación del total o parte de los inmuebles según se requiera para la construcción del embalse, obras de regadío y/o canales que se encuentren comprendidos dentro de las siguientes áreas:
- La Pista: Municipio Comarapa de la Provincia Manuel María Caballero del departamento de Santa Cruz, plano Nº CO-1001 del Proyecto de Riego Comarapa - Saipina - San Rafael.
- La Cañada: Municipio Comarapa de la Provincia Manuel María Caballero del departamento de Santa Cruz, planos Nº CO-1005 y CO-1006 del Proyecto de Riego Comarapa - Saipina - San Rafael.
- Chilón-Saipina: Municipio Saipina de la Provincia Manuel María Caballero del departamento de Santa Cruz, planos Nº CO-1010, Nº CO-1011, Nº CO-1012, Nº CO-1013 y Nº CO-1014 del Proyecto de Riego Comarapa - Saipina - San Rafael.
ARTICULO 3.- Los planos con las coordenadas correspondientes y el Relevamiento Técnico adjunto, constituirán anexos del presente Decreto Supremo.
ARTICULO 4.- La Prefectura del Departamento de Santa Cruz, de acuerdo a los planes preparados determinará si la expropiación de los inmuebles a realizar será parcial o total, y ejecutará todos los trámites de medición tasación, avalúo, el pago conforme al justiprecio que corresponda y todos los trámites necesarios para la expropiación, debiendo incluir las partidas correspondientes en el Presupuesto de la siguiente gestión; de conformidad a lo dispuesto en la Ley de 30 de diciembre de 1884.
ARTICULO 5.- Se autoriza a la Prefectura del Departamento de Santa Cruz a ejecutar la obra Programada de Regadíos de Santa Cruz en la zona de Comarapa - Saipina - San Rafael en el marco de los acuerdos contemplados en el Contrato de préstamo y aporte financiero suscrito entre los Gobiernos de las Repúblicas de Alemania y Bolivia en fecha 17 de octubre de 1996.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos del Ministerio de la Presidencia, Desarrollo Económico y Desarrollo Sostenible, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de enero de mil novecientos noventa y siete años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Eduardo Trigo O'Connor d'Arlach, MINISTRO SUPLENTE DE RR.EE. Y CULTO, Carlos Sánchez Berzaín, Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval, Raúl España Smith, Fernando Candia Castillo, Franklin Anaya Vásquez, Moisés Jarmúsz Levy, Hugo San Martín Arzabe, Mauricio Balcazar G., Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés.