31 DE MARZO DE 1997 .- Apruébase el "REGLAMENTO DE LA ORGANIZACIóN INSTITUCIONAL DEL SECTOR DE HIDROCARBUROS".
DECRETO SUPREMO Nº 24546
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que en fecha 30 de abril de 1996 se promulgó la Ley de Hidrocarburos Nº 1689;
Que la citada ley, dispone su reglamentación por el Poder Ejecutivo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el "REGLAMENTO DE LA ORGANIZACION INSTITUCIONAL DEL SECTOR DE HIDROCARBUROS", que consta de 3 capítulos y 5 artículos; cuyo texto forma parte del presente decreto supremo.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y Sin Cartera Responsable de Desarrollo Económico, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de marzo de mil novecientos noventa y siete años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Carlos Sánchez Berzaín, Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Franklin Anaya Vásquez, Moisés Jarmúsz Levy, Hugo San Martín Arzabe, Mauricio Antezana Villegas, MINISTRO SUPLENTE DE COMUNICACION SOCIAL, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés