21 DE JUNIO DE 1997 .- Apruébase el Estatuto de la Superintendencia Agraria
DECRETO SUPREMO Nº 24658
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 24 de la Ley 1715 de 18 de octubre de 1996, crea la Superintendencia Agraria.
Que el numeral 1) del Art. 96 de la Constitución Política del Estado establece que es atribución del Presidente de la República ejecutar y hacer cumplir las leyes, expidiendo los decretos y ordenes convenientes, sin definir privativamente derechos, alterar los definidos por la ley ni contrariar sus disposiciones, guardando las restricciones consignadas en la misma.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA
ARTICULO UNICO.- Apruébase el Estatuto de la Superintendencia Agraria que consta de cinco títulos, nueve capítulos, cincuenta y un artículos y una disposición transitoria.
TITULO PRIMERO: Características institucionales
TITULO SEGUNDO: Objetivos y atribuciones
TITULO TERCERO: Estructura, funciones y servidores públicos
TITULO CUARTO: Procedimientos Administrativos
TITULO QUINTO: Disposiciones transitorias
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de junio de mil novecientos noventa y siete años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Victor Hugo Canelas Zannier, Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval, MINISTRO DE LA PRESIDENCIA Y SUPLENTE DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y MEDIO AMBIENTE, René Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Franklin Anaya Vásquez, Jorge España Smith, MINISTRO SUPLENTE DE TRABAJO, Mauricio Antezana Villegas, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés.