21 DE JUNIO DE 1997 .- Se instruye a Y.P.F.B. adquirir de la Empresa Petrolera Chaco S.A., la Planta Procesadora de Gas Natural de Colpa por la suma de US$. 667.000 .
DECRETO SUPREMO Nº 24665
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el artículo primero de la ley 1544 de 21 de marzo de 1994 (Ley de Capitalización) autoriza al Poder Ejecutivo a aportar los activos y/o derechos de las empresas públicas, entre ellas Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (Y.P.F.B.), para la constitución de nuevas sociedades de economía mixta que serán objeto de capitalización.
Que mediante decreto supremo 24409 de 14 de noviembre de 1996, el Poder Ejecutivo autorizó la formación y constitución de la Empresa Petrolera Chaco S.A.M., aportando a ésta dentro de su balance de apertura la Planta Procesadora de Gas Natural de Colpa ubicada en el campo Colpa del Departamento de Santa Cruz, con un valor en libros de US$. 9.276.436 (nueve millones doscientos setenta y seis mil cuatrocientos treinta y seis 00/100 dólares norteamericanos) incluidos sus instalaciones, equipos y maquinarias.
Que YPFB es parte en los Contratos de Operación para Recuperación Mejorada y Contratos de Transporte y Compra-Venta de Petróleo y Gas Natural, suscritos con la Empresa Perez Companc S.A. y PEMSA Petróleos S.A., los mismos que deben seguir ejecutándose por ambas partes contratantes de acuerdo a sus estipulaciones.
Que en fecha 10 de abril de 1997, YPFB y la Empresa Petrolera Chaco S.A.M., suscribieron un compromiso de compra-venta de la Planta Procesadora de Gas Natural de Colpa por la suma negociada y convenida de US$. 667.000.00 (seiscientos sesenta y siete mil 00/100 dólares norteamericanos), debido a que dicha empresa petrolera no tiene campos cercanos asociados con las instalaciones de la Planta ni mantiene asociación u obligaciones contractuales con Pérez Companc S.A. para el uso de la misma como ocurre con YPFB.
Que al cierre del proceso de licitación para la capitalización de YPFB, la Empresa Petrolera Chaco S.A.M. se ha convertido en una sociedad anónima.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se instruye a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (Y.P.F.B.) adquirir de la Empresa Petrolera Chaco S.A., la Planta Procesadora de Gas Natural de Colpa, incluidas sus instalaciones, equipos y maquinarias, por la suma de US$. 667.000.- (seiscientos sesenta y siete mil 00/100 dólares norteamericanos) para cuyo efecto el Presidente Ejecutivo de Y.P.F.B. deberá suscribir el correspondiente compromiso de compra-venta.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos Sin Cartera Responsable de Capitalización y Sin Cartera Responsable de Desarrollo Económico quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de junio de mil novecientos noventa y siete años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Victor Hugo Canelas Zannier, Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval, MINISTRO DE LA PRESIDENCIA Y SUPLENTE DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y MEDIO AMBIENTE, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Franklin Anaya Vásquez, Jorge España Smith, MINISTRO SUPLENTE DE TRABAJO, Mauricio Antezana Villegas, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés.