20 DE ABRIL DE 1998 .- Homológase en todas sus partes el Acta de Entendimiento suscrita el 15 /01/ 1,998 por el Ministerio de Trabajo y Microempresa, el Presidente Ejecutivo de YPFB, los Secretarios Ejecutivos, de Relaciones Internas y de Conflictos de la Federación Sindical de Trabajadores Petroleros de Camiri.
DECRETO SUPREMO Nº 25021
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que se autorizó con objeto de solucionar problemas de orden social y económico de YPFB emergentes de su capitalización, la conformación de una sociedad de economía mixta con el aporte de los equipos de perforación petrolera de YPFB, según disposiciones contenidas en la ley 1330 de 24 de abril de 1992, y el decreto supremo 24880 de 28 de octubre de 1997, disponiendo que YPFB en el término de un año transfiera su participación del 40% en favor de los trabajadores retirados a partir del 14 de octubre de 1997;
Que YPFB convocó a la licitación 001/97, en cumplimiento de la indicada disposición legal, para el correspondiente soporte financiero de la referida sociedad;
Que las autoridades del Supremo Gobierno, representadas por el Ministro de Trabajo y Microempresa, YPFB y la Federación Sindical de Trabajadores Petroleros de Bolivia suscribieron un acta de entendimiento, el 15 de enero de 1,998, sobre la liquidación de beneficios sociales que se cancelarán a los trabajadores de YPFB que hayan sido retirados y cambien su fuente de trabajo a la empresa que se adjudicará los equipos de perforación e intervención, objeto de la licitación anteriormente señalada;
Que corresponde aprobar la citada acta de entendimiento.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTICULO UNICO.- Homológase en todas sus partes el Acta de Entendimiento suscrita el 15 de enero de 1,998 por el Ministerio de Trabajo y Microempresa, el Presidente Ejecutivo de YPFB, los Secretarios Ejecutivos, de Relaciones Internas y de Conflictos de la Federación Sindical de Trabajadores Petroleros de Camiri.
Los señores Ministros de Estado, en los despachos de Trabajo y Microempresa y de Desarrollo Económico, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de abril de mil novecientos noventa y ocho años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Náyar Parada, Luis Daza Montero, MINISTRO INTERINO DE DEFENSA NACIONAL, Edgar Millares Ardaya, Edgar Montaño Pardo, MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, Ivo Kuljis Futchner, Tito Hoz de Vila Quiroga, Tonchy Marinkovic Uzqueda, Leopoldo López Cossio, Luis Freddy Conde López, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Crespo Velasco, Javier Escóbar Salguero.