28 DE ABRIL DE 1998 .- Los artículos 120 al 124 del título XII de disposiciones finales y transitorias de la Ley 1834 del Mercado de Valores de 31 /03/ 1,998, serán aplicables solo una vez que se concluya su adecuación y compatibilización con la Ley de Pensiones.
DECRETO SUPREMO Nº 25032
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que la Ley de Mercado de Valores 1834 ha sido promulgada el 31 de marzo de 1,998;
Que los artículos 120 al 124 de la citada ley establecen normas relacionadas con las empresas capitalizadas bajo la Ley de Capitalización y las administradoras de fondo de pensiones, cuyos alcances son objeto de análisis por el Gobierno;
Que se requiere adecuar las previsiones contenidas en los artículos 120 al 124 de la ley 1834, a efectos de su correcta aplicación y compatibilización con la Ley de Pensiones;
Que el artículo 126 de la ley 1834 establece que las adecuaciones a su texto deben efectuarse en los plazos establecidos mediante reglamento;
Que es necesario establecer, en tanto se dicte esa reglamentación, un plazo referencial para tal adecuación y aplicación.
EN CONSEJO DE MINISTROS
D E C R E T A :
ARTICULO UNICO.- Los artículos 120 al 124 del título XII de disposiciones finales y transitorias de la Ley 1834 del Mercado de Valores de 31 de marzo de 1,998, serán aplicables solo una vez que se concluya su adecuación y compatibilización con la Ley de Pensiones.
Los señores Ministros de Estado, en los despachos de Hacienda, Comercio Exterior e Inversión y Desarrollo Económico, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de abril de mil novecientos noventa y ocho años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Mauro Bertero Gutiérrez, MINISTRO INTERINO DE LA PRESIDENCIA, Guido Náyar Parada, Fernando Kieffer Guzmán, Armando Méndez Morales, MINISTRO INTERINO DE HACIENDA, Edgar Montaño Pardo, MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, Ivo Kuljis Futchner, Tito Hoz de Vila Quiroga, Tonchy Marinkovic Uzqueda, Leopoldo López Cossio, Luis Freddy Conde López, Wigberto Rivero Pinto, MINISTRO INTERINO DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y PLANIFICACION, Jorge Crespo Velasco, Javier Escóbar Salguero.