22 DE MAYO DE 1998 .- Autorízase al Ministro de la Presidencia adquirir de la Municipalidad de La Paz, a nombre de la Presidencia de la República: a) la totalidad del terreno interior de 197 mts.2 colindante con el Palacio de Gobierno de propiedad de la Municipalidad de La Paz; b) la totalidad del inmueble denominado Casa Alencastre 1821 ubicado en la calle Ayacucho esquina Potosí mediante adquisición conforme a ley hará la Municipalidad a favor de la Presidencia de la República.
DECRETO SUPREMO Nº 25047
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que es premiosa necesidad de la Presidencia de la República la ampliación del Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, utilizando los terrenos adyacentes y el vetusto inmueble denominado Casa Alencastre 1821 de la calle Ayacucho esquina Potosí, propia del Seminario San Jerónimo, para la óptima instalación y funcionamiento de sus dependencias y como contribución al ornato de la ciudad;
Que la Municipalidad de La Paz ha proyectado la urgente construcción de la Plaza Consistorial en el terreno que tiene frente a su sede, necesitando además por su insuficiencia adquirir el inmueble contiguo situado en la calle Colón número 374 de propiedad del Tesoro General de la Nación, para concretar su proyecto que embellecerá como zona verde a la ciudad;
Que la Alcaldía Municipal de La Paz, con el interés de concretar los proyectos señalados, procederá a la adquisición del inmueble Alencastre 1821 conforme a sus atribuciones que la Ley Orgánica de Municipalidades le otorga, con destino exclusivo a la Presidencia de la República para la ampliación del Palacio de Gobierno. Los recursos para el pago de la adquisición provendrán de la coparticipación de la Municipalidad de la ciudad de La Paz, en las regalías e impuestos que le correspondan del Tesoro General de la Nación;
Que la Municipalidad de La Paz, debidamente autorizada por su Concejo Municipal, transferirá a la Presidencia de la República adicionalmente el terreno de 197 mts2 que tiene en la calle Ayacucho, sin salida, contiguo al Palacio de Gobierno;
Que la Presidencia de la República y el Ministerio de Educación Cultura y Deportes, luego de reubicar las dependencias de la Sociedad Coral Boliviana y la Orquesta Sinfónica Nacional, transferirán a su vez a la Municipalidad de La Paz mediante el Ministerio de Hacienda, en contraprestación, el inmueble ubicado en la calle Colón número 374 de propiedad del Tesoro General de la Nación, cuyo precio de la transferencia quedará compensado con el valor equivalente de la casa Alencastre 1821 a adquirir, y del terreno de 197 m2 de superficie contiguo al Palacio de Gobierno, apreciando los valores catastrales de los tres inmuebles objeto de la presente disposición.
EN CONSEJO DE MINISTROS
D E C R E T A :
ARTICULO 1.- Autorízase al Ministro de la Presidencia adquirir de la Municipalidad de La Paz, a nombre de la Presidencia de la República: a) la totalidad del terreno interior de 197 mts 2 colindante con el Palacio de Gobierno de propiedad de la Municipalidad de La Paz; b) la totalidad del inmueble denominado Casa Alencastre 1821 ubicado en la calle Ayacucho esquina Potosí mediante adquisición que conforme a ley hará la Municipalidad a favor de la Presidencia de la República, cuya indemnización o precio será pagado íntegramente por el Municipio con sus propios recursos provenientes de su coparticipación de regalías e impuestos en el Tesoro General de la Nación al propietario, el Seminario San Jerónimo de La Paz.
ARTICULO 2.- Se autoriza al Ministro de Hacienda transferir a la Municipalidad de La Paz, en contraprestación equitativa, la casa calle Colón número 374 de propiedad del Tesoro General de la Nación, para que concrete la construcción de su Plaza Consistorial.
ARTICULO 3.- El valor del terreno interno contiguo al Palacio de Gobierno sobre la calle Ayacucho de la Municipalidad y el monto del precio que ésta pague al Arzobispado de La Paz por la adquisición de su inmueble en la calle Ayacucho esquina Potosí, denominado Casa Alencastre 1821, quedarán compensados totalmente por ser equivalentes con el valor de la casa calle Colón número 374 propia del Tesoro General de la Nación que la Presidencia de la República transferirá a la Municipalidad.
Los señores Ministros de Estado en los despachos de la Presidencia, Hacienda y Educación Cultura y Deportes quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidós días del mes de mayo de mil novecientos noventa y ocho años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Náyar Parada, Fernando Kieffer Guzmán, Edgar Millares Ardaya, Ana María Cortéz de Soriano, Ivo Kuljis Futchner, Tito Hoz de Vila Quiroga, Jaime Delgadillo Velásquez, MINISTRO INTERINO DE SALUD Y PREVISION SOCIAL, Adolfo Solíz Antezana, MINISTRO INTERINO DE TRABAJO Y MICROEMPRESA, Luis Freddy Conde López, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Adhemar Guzmán Ballivián, MINISTRO INTERINO DE COMERCIO EXTERIOR E INVERSION, Javier Escóbar Salguero.