30 DE SEPTIEMBRE DE 1998 .- Abrógase el decreto supremo 21639 de 26 /06/ 1987.
DECRETO SUPREMO Nº 25185
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante decreto supremo 13938 de 8 de septiembre de 1977, se autorizó a la Dirección Nacional de Control de Sustancias Peligrosas, actualmente Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico, la compra de 18.000 Mts2., de terreno situado en la ex-Hacienda Mallasilla, Provincia Murillo del Departamento de La Paz, de propiedad del Monasterio de las Carmelitas Descalzas de San José;
Que mediante decreto supremo 21639 de 26 de junio de 1987, se autorizó a la Dirección de Control de Sustancias Peligrosas, la cesión en usufructo, del citado terreno en favor del Comité de Damas Voluntarias Pro-Juventud Boliviana, entidad con Personalidad Jurídica reconocida por resolución suprema 179612 de 13 de febrero de 1976, con la finalidad de construir un centro hospitalario;
Que si bien es deber del gobierno coadyuvar a instituciones de beneficencia, en el presente caso el Comité de Damas Voluntarias Pro-Juventud Boliviana no ha cumplido con los fines que motivaron la dictación del decreto supremo 21639, habiendo abandonado el terreno en cuestión, el mismo que ha sido recuperado por la FELCN para evitar mayores asentamientos como los que se tienen actualmente.
Que las causales de extinción del usufructo a que se refiere el artículo 244 del código civil se adecuan a la realidad del presente caso, toda vez que los usufructuarios han hecho abandono de inmueble otorgado a su favor, sin haber cumplido con los fines que motivaron la cesión en usufructo.
EN CONSEJO DE MINISTROS
DECRETA:
ARTICULO 1.- Abrógase el decreto supremo 21639 de 26 de junio de 1987.
ARTICULO 2.- Se dispone que la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico, reasuma y ejerza en definitiva el derecho propietario sobre el inmueble ubicado en la ex-Hacienda Mallasilla, Provincia Murillo del Departamento de La Paz.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Gobierno queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y ocho años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Nayar Parada, Fernando Kieffer Guzmán, Herbert Müller Costas, Ana María Cortéz de Soriano, Jorge Pacheco Franco, Tito Hoz de Vila Quiroga, Tonchy Marinkovic Uzqueda, Leopoldo López Cossio, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Crespo Velasco, Amparo Ballivián Valdés.