18 DE NOVIEMBRE DE 1998 .- Autorízase al Viceministro de Cultura, bajo su exclusiva responsabilidad, la salida temporal de cincuenta (50) cuadros coloniales, para su exposición temporal en el Museo de Bellas Artes de la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, con motivo de la Cumbre de Presidentes del MERCOSUR y Museo Nacional de la ciudad de Bogotá, República de Colombia.
DECRETO SUPREMO Nº 25223
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que el artículo 4 del decreto supremo 5918 de 6 de noviembre de 1,961 permite la salida temporal de objetos de la riqueza artística, históricay arqueológica de la nación con destino exclusivo a exposiciones temporales bajo convenios internacionales, previa constitución de garantías y seguros adecuados para su perfecta preservación y restitución;
Que el decreto supremo 24394 de 25 de octubre de 1996 autorizó la salida temporal de 50 cuadros coloniales del 1 de noviembre de 1996 hasta el 10 de marzo de 1997, para su exposición en la Capilla de la Sorbona de París, Francia, y la Fundación Santillana de España;
Que el decreto supremo 24513 de 3 de marzo de 1997 amplió esa autorización de salida temporal de los 50 cuadros coloniales, del 10 de marzo hasta el 15 de junio de 1997, para continuar su exhibición en la Fundación Santillana y la Academia San Fernando, Madrid España;
Que dado el éxito de la exhibición de los 50 cuadros coloniales bolivianos en Francia y España, se ha visto por conveniente continuar con su exposición a fin de mostrar y difundir internacionalmente la gran riqueza histórica y cultural de Bolivia;
Que el Viceministro de Cultura es la autoridad del Estado encargada de preservar y difundir el patrimonio cultural del país.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Viceministro de Cultura, bajo su exclusiva responsabilidad, la salida temporal improrrogablemente del 20 de noviembre de 1998 al 15 de mayo de 1,999 de cincuenta (50) cuadros coloniales pertenecientes a museos, Iglesia de Calamarca y colecciones privadas detallados en la lista anexa que forma parte del texto del presente decreto, para su exposición temporal en el Museo de Bellas Artes de la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, con motivo de la Cumbre de Presidentes del MERCOSUR, y posteriormente en el Museo Nacional de la ciudad de Bogotá, República de Colombia.
ARTÍCULO 2.- La salida y permanencia temporal, así como su puntual retorno al país de las obras referidas, serán garantizadas satisfactoriamente por la póliza de seguros de una compañía aseguradora legalmente establecida y solvente que los organizadores deben presentar antes de su embarque, con vigencia por todo el periodo de salida de los cuadros y treinta días más adicionales de seguridad.
ARTÍCULO 3.- Las obras mencionadas permaneceránfuera del país, únicamente a partir del 20 de noviembre de 1998 hasta el 15 de mayo de 1999 improrrogablemente, bajo la fiscalización y responsabilidad del Viceministro de Cultura.
ARTÍCULO 4.- Se libera a las cincuenta (50) obras de arte del pago de todo gravamen o tributo aduanero e impuestos de toda especie tanto a su salida como a su reingreso al país.
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Educación Cultura y Deportes, Relaciones Exteriores y Culto así como Hacienda quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a losdieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y ocho años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Náyar Parada, Fernando Kieffer Guzmán, Herbert Müller Costas, Ana María Cortéz de Soriano, Jorge Pacheco Franco, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Leopoldo López Cossio, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Crespo Velasco, Amparo Ballivián Valdés.