18 DE DICIEMBRE DE 1998 .- Apruébase el Reglamento Orgánico de la Ley General de Concesiones de Obras Públicas de Transporte Nº 1874, de 22 /06/ 1998.
DECRETO SUPREMO N° 25253
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que conforme lo establecido por el artículo 70 de la Ley 1874 de 22 de junio de 1998, compete al Poder Ejecutivo dictar el Reglamento Orgánico a la Ley General de Concesiones de Obras Públicas de Transporte,
Que el mismo, debe establecer el régimen legal aplicable a las Concesiones de Obras Públicas de Transporte y los niveles de servicios que ellas prestarán, para preparar, licitar otorgar, contratar, desarrollar, modificar y terminar dichas concesiones, de parte de la Administración Nacional, las Prefecturas y las Municipalidades, en toda obra pública de transporte ferroviario, aéreo, fluvial o lacustre, incluidos los puertos, aeropuertos, o sólo las terminales de pasajeros y/o carga de unos y otros, que se refieran a la construcción, rehabilitación, reparación, mejoramiento, mantenimiento, operación y explotación y sus servicios principales, adicionales y complementarios, incluidos el uso y goce sobre los bienes públicos o municipales y los que sean objeto de expropiación o adquisición, destinados a desarrollar esas obras y sus áreas de servicio, a cambio de la concesión temporal de la explotación del servicio que presta al usuario.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Reglamento Orgánico de la Ley General de Concesiones de Obras Públicas de Transporte N° 1874, de 22 de junio de 1998, que consta de diecinueve (19) Títulos, doscientos cuarenta y un (241) artículos y cuatro (4) disposiciones transitorias.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Desarrollo Económico y de Hacienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz; a los dieciocho días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Náyar Parada, Fernando Kieffer Guzmán, Herbert Müller Costas, Ana María Cortéz de Soriano, Jorge Pacheco Franco, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Leopoldo López Cossio, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Crespo Velasco, Amparo Ballivián Valdés.