30 DE ENERO DE 1999 .- Modifícase el artículo 6 del decreto supremo 24053 de 29 /06/ 1995.
DECRETO SUPREMO Nº 25282
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que el artículo 79 de la Ley 843 (Texto Ordenado en 1997) dispone la actualización anual de las tasas específicas descritas en el Anexo II de este artículo, en relación a la variación del tipo de cambio del boliviano respecto al dólar estadounidense.
Que el artículo 6 del decreto supremo 24053 de 29 de junio de 1995, establece que las tasas específicas del Impuesto a los Consumos Específicos (ICE) deberán ser actualizadas anualmente por la Administración Tributaria, tomando en cuenta la variación del tipo de cambio del boliviano respecto al dólar estadounidense.
Que habiendo entrado en vigencia las tasas específicas en julio de 1995, tomándose por esta razón los períodos anuales de julio de una gestión a junio de la gestión siguiente.
Que a efectos de un mejor control, determinación y facilitar la liquidación de sus obligaciones tributarias a los contribuyentes es necesario modificar el artículo 6 del mencionado decreto supremo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO ÚNICO.- Modifícase el artículo 6º del decreto supremo 24053 de 29 de junio de 1995 de la siguiente forma: "Las tasas específicas del Impuesto a los Consumos Específicos (ICE) del Título II del artículo 79º de la Ley 843 (Texto ordenado en 1997), serán actualizadas anualmente por la Administración Tributaria, de acuerdo a la variación del tipo de cambio oficial del boliviano con respecto al dólar estadounidense, mediante resolución administrativa expresa, la misma que tendrá vigencia desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de cada gestión fiscal.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de enero de mil novecientos noventa y nueve años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Guido Náyar Parada, Fernando Kieffer Guzmán, Herbert Müller Costas, Ana María Cortéz de Soriano, Jorge Pacheco Franco, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Leopoldo López Cossio, Oswaldo Antezana Vaca Diez, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Miguel López Bakovic, MINISTRO INTERINO DE COMERCIO EXTERIOR E INVERSION, Amparo Ballivián Valdés.