10 DE MARZO DE 2000 .- Incorpórase en la estructura de organización curricular el AREA DE RELIGION ETICA Y MORAL en los niveles Primario y Secundario del Sistema Educativo Nacional.
DECRETO SUPREMO No. 25697
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el decreto supremo 24619 de 14 de mayo de 1997, ratifica los términos del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional Iglesia - Estado del 25 de marzo de 1997 y el Addendum firmado el 8 de mayo del mismo año;
Que en ambos documentos, se instruye a la Unidad de servicios Técnico Pedagógicos del Ministerio de Educación Cultura y Deportes, la incorporación de 2 horas semanales para las materias de Religión, Etica y Moral en los ciclos primario y secundario del Sistema Educativo Nacional; y, además se reconoce el derecho de la Iglesia Católica a continuar con la formación de Educadores (as) de Religión, Etica y Moral en los Institutos Normales Superiores que para tal efecto dispone y en el marco del Pensamiento Social de la Iglesia y los principios fundamentales de la Constitución Política del Estado;
Que en fecha 6 de octubre de 1999, con el propósito de ofrecer una educación de realización humana integral para la acción social en el marco de los valores humanos del ciudadano boliviano, se firmó un acuerdo entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes y la Comisión Episcopal de Educación de la Conferencia Episcopal
Boliviana por la cual se constituye el área específica de Religión, Etica y Moral, en la curricula de Educación Primaria.
Que en mérito a los instrumentos jurídicos mencionados, el Area de Religión, Etica y Moral, debe ser adecuadamente incorporada en la estructura de organización curricular del Sistema Educativo Nacional;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- (OBJETO).- Incorporase en la estructura de organización curricular el AREA DE RELIGION ETICA Y MORAL en los niveles Primario y Secundario del Sistema Educativo Nacional, con la materia de Religión, Ética y Moral, para la que serán asignadas dos horas de clases a la semana.
El señor Ministro de Estado, en el Despacho de Educación, Cultura y Deportes, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de marzo del año dosmil.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Franz Ondarza Linares, MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE INFORMACION GUBERNAMENTAL, Walter Guiteras Denis, Jorge Crespo Velasco, Herbert Müller Costas, Juán Antonio Chahin Lupo, José Luis Lupo Flores, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Luis Vasquez Villamor, Oswaldo Antezana Vaca Diez, José Luis Carvajal Palma, Carlos Saavedra Bruno, Rubén Poma Rojas.