20 DE ABRIL DE 2000 .- Autorizar al T.G.N.a utilizar los recursos provenientes de las transferencias del 20% del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y Derivados inscritos en el Presupuesto de las Prefecturas Departamentales, para atender la subvención ordinaria en favor de las Universidades Públicas.
DECRETO SUPREMO No. 25746
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley 1981 de 27 de mayo de 1999 se fusiona el Margen Fijo del Régimen de Precios de los productos de petróleo determinado por el decreto supremo 24914, al Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados (IEHD).
Que el artículo 3° de la Ley 1981 establece que se transferirán a las Prefecturas nuevas obligaciones de financiamiento, acordes con el aumento de los ingresos por concepto de IEHD, señalando asimismo que estas nuevas obligaciones que se transfieran no podrán exceder en ningún caso el 20% del IEHD, transferido a las Prefecturas y serán fijadas anualmente en el Presupuesto General de la Nación.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTICULO 1.- Autorizar al Tesoro General de la Nación, a utilizar los recursos provenientes de las transferencias del 20% del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y Derivados inscritos en el Presupuesto de las Prefecturas Departamentales, para atender la subvención ordinaria en favor de las Universidades Públicas, asignando los recursos considerados en cada Prefectura a la Universidad correspondiente del Departamento.
ARTICULO 2.- Si el monto del 20% del IEHD transferido a las Prefecturas, excede a la subvención ordinaria definida para la Universidad del Departamento, se autoriza al Tesoro General de la Nación a suscribir un convenio con la Prefectura pertinente, a fin de asignar los recursos excedentes para atender programas de caminos y proyectos de inversión.
ARTICULO 3.- Quedan derogadas las disposiciones contrarias al presente decreto supremo.
El señor Ministro de Estado en el despacho de Hacienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de abril del año dosmil.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Franz Ondarza Linares, Walter Guiteras Denis, Jorge Crespo Velasco, Herbert Müller Costas, Luis Eduardo Serrate Céspedes, MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, José Luis Lupo Flores, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Luis Vasquez Villamor, Oswaldo Antezana Vaca Diez, José Luis Carvajal Palma, Carlos Saavedra Bruno, Rubén Poma Rojas, Ronald MacLean Abaroa.