19 DE FEBRERO DE 2001 .- TEXTO ORDENADO LEY 843
DECRETO SUPREMO N° 26077
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° del Decreto Supremo N° 24013 de 20 de mayo de 1995, en cumplimiento del artículo 4 de la Ley N° 1606 de 22 de diciembre de 1994, aprobó el Texto Ordenado de la Ley de Reforma Tributaria N° 843 de 20 de mayo de 1986.
Que en cumplimiento del artículo 4 de la Ley Nº 1606, el Decreto Supremo Nº 24013 de 20 de mayo de 1995, ha cumplido con la finalidad de ordenar las disposiciones legales hasta la vigencia del Decreto supremo Nº 24602 de mayo de 1997.
Que desde la fecha de vigencia del Decreto Supremo N° 24602, se han aprobado leyes que contienen modificaciones a la Ley de la Reforma Tributaria vigente en el país, siendo necesaria la incorporación de dichas modificaciones en el Texto Ordenado de la Ley N° 843.
Que es necesario ordenar nuevamente el Texto de la Ley N° 843 en virtud de las recientes modificaciones al Sistema Tributario Nacional, debiendo agruparse todas las normas sobre la materia en una compilación.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTICULO PRIMERO.- En sustitución del Texto Ordenado de la Ley 843 aprobado mediante Decreto Supremo N° 24602 de 6 de mayo de 1997, apruébase el Texto Ordenado de la Ley 843, en sus XV títulos, 46 capítulos, 121 artículos, del modo que se expone en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo.
ARTICULO SEGUNDO.- Se incorpora en el Texto Ordenado de la Ley Nº 843 como anexo especial los Artículos 36º, 37º y 38º de la Ley Forestal Nº 1700 de fecha 12 de julio de 1996 y el Artículo 6º de la Ley de Pensiones Nº 1732 de fecha 26 de noviembre de 1996, por formar parte del Sistema Tributario Nacional.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los dieciséis días del mes de febrero del año dos mil uno.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Marcelo Pérez Monasterios, Guillermo Fortún Suárez, Oscar Vargas Lorenzetti, Mario Requena Pinto, MINISTRO INTERINO DE HACIENDA, Luis Vásquez Villamor, Carlos Contreras del Solar, MINISTRO INTERINO DE DESARROLLO ECONOMICO, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Jorge Pacheco Franco, Hugo Carvajal Donoso, Ronald MacLean Abaroa, Claudio Mancilla Peña, Rubén Poma Rojas, Manfredo Kempff Suárez, Wigberto Rivero Pinto.