16 DE MARZO DE 2001 .- Se abroga el Decreto Supremo No. 26055 de 26 /01/ 2001, sobre salvaguardias provisionales a determinadas mercancías.
DECRETO SUPREMO No 26106
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el artículo 26 de la Ley 1990 de 28 de julio de 1999 (Ley General de Aduanas), faculta al Poder Ejecutivo a establecer niveles arancelarios aplicables a la importación de mercancías.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- Se abroga el Decreto Supremo No. 26055 de 26 de enero de 2001, por el que se dispuso la aplicación de salvaguardias provisionales a determinadas mercancías.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil uno.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Fernando Messmer Trigo MINISTRO INTERINO DE RR. EE. Y CULTO, Marcelo Pérez Monasterios, Guillermo Fortún Suárez, Oscar Vargas Lorenzetti, José Luis Lupo Flores, Luis Vásquez Villamor, Carlos Saavedra Bruno, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Jorge Pacheco Franco, Hugo Carvajal Donoso, Ronald Mac Lean Abaroa, Claudio Mancilla Peña, Rubén Poma Rojas, Hernán Terrazas Ergueta MINISTRO INTERINO SIN CARTERA RESPONSABLE DE LA INFORMACION GUBERNAMENTAL, Wigberto Rivero Pinto.