04 DE MAYO DE 2001 .- Se instruye a FONAMA, proceda a la suscripción de la certificación "Receipt and Release".
DECRETO SUPREMO N°. 26174
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley del Medio Ambiente Nº 1333 de fecha 27 de abril de 1992, se creó el Fondo Nacional para el Medio Ambiente (FONAMA), como un organismo de administración descentralizada del Estado con personería jurídica propia y autonomía de gestión, con el objetivo principal de captar recursos internos y externos dirigidos al financiamiento de planes, programas, proyectos, investigación científica y actividades de conservación del medio ambiente y de los recursos naturales.
Que en fecha 17 de junio de 1993, se suscribió un Contrato de Fideicomiso, entre el Fondo Nacional para el Medio Ambiente (FONAMA) y el Morgan Guaranty Trust Company de Nueva York, en el que se estableció un Fondo Fiduciario destinado a cubrir a largo plazo los costos recurrentes de la administración y manejo del Sistema Nacional de Areas Protegidas (SNAP) a través de los rendimientos generados por los fondos depositados en dicha Cuenta.
Que, el Gobierno de Bolivia suscribió Convenios Bilaterales de Cooperación, con los Gobiernos de la Confederación Suiza, Canadá y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda el Norte, con el objetivo de incrementar los fondos de la Cuenta Fiduciaria SNAP, establecida por el FONAMA.
Que, el Consejo Administrativo de la Cuenta Fiduciaria SNAP en calidad de órgano supervisor y fiscalizador del Fondo Fiduciario de conformidad a las atribuciones conferidas en su Reglamento Interno; mediante Acta de Reunión, de fecha 25 de septiembre de 2000, dispuso en función a los acuerdos asumidos entre el Gobierno boliviano y el Banco Mundial para la ejecución del Proyecto “Alcanzando la Sostenibilidad del Sistema Nacional de Areas Protegidas de Bolivia” se proceda a la conclusión del Contrato de Fideicomiso suscrito con el Morgan Guaranty Trust Company de Nueva York, determinándose que las donaciones realizadas por el Gobierno de la Confederación Suiza y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte serán traspasadas del FONAMA al Servicio Nacional de Areas Protegidas (SERNAP) para ser posteriormente traspasadas a la Fundación para el Desarrollo del Sistema Nacional de Areas Protegidas (FUNDESNAP), y que los fondos correspondientes a la donación canadiense serán transferidos del FONAMA a la Cuenta de Fondos de Contravalor Canadiense del Banco Central de Bolivia, fondos que serán utilizados en otros proyectos nacionales destinados a la conservación del Medio Ambiente.
Que, las Notas Reversales suscritas entre el Gobierno de Bolivia y el Gobierno de la Confederación Suiza en fechas 28 de octubre de 2000 y 13 de diciembre de 2000, y las Notas Reversales suscritas entre el Gobierno de Bolivia y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en fechas 19 de diciembre de 2000 y 22 de diciembre de 2000, formalizan las decisiones asumidas por el Consejo Administrativo de la Cuenta Fiduciaria SNAP, estableciendo que la administración de los fondos donados por estos Gobiernos para la constitución de la Cuenta Fiduciaria SNAP, serán transferidos al SERNAP y luego por este a FUNDESNAP y depositados en la cuenta fiduciaria aperturada en el “Salomon Smith Bartney” de Nueva York, la cual incluirá además los fondos GEF Banco Mundial, en el marco del Proyecto “Alcanzando la Sostenibilidad del Sistema Nacional de Areas Protegidas de Bolivia”.
Que mediante Resolución Ministerial N°005 de fecha 11 de enero de 2001, expedida por el Ministerio de Hacienda, se autorizo la inscripción de un presupuesto adicional en el Fondo Nacional para el Medio Ambiente, correspondiente a las donaciones de los Gobiernos del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, y de la Confederación Suiza con corte al 31 de septiembre de 2000, recursos que de conformidad a lo dispuesto en la citada Resolución Ministerial, serán transferidos al SERNAP, para que este a su vez efectúe la trasferencia a favor de FUNDESNAP, para su depósito en la Cuenta Fiduciaria aperturada para este efecto.
Que el Banco Morgan Guaranty Trust Company de Nueva York, con el propósito de iniciar el tramite legal, para la conclusión del Contrato de Fideicomiso suscrito con el Fondo Nacional para el Medio Ambiente (FONAMA) en fecha 17 de junio de 1993 ante la Fiscalía del Distrito de Nueva York, ha solicitado al Gobierno de Bolivia emita una certificación “Receipt and Release” que determine su conformidad a la decisión de concluir el Contrato de Fideicomiso y transferir los fondos de la cuenta Fiduciaria SNAP, estableciendo que el Banco Morgan Guaranty Trust Company, no estará sujeto a causas posteriores, liberándolo de responsabilidades.
Que la certificación solicitada por el Banco Morgan Guaranty Trust Company de conformidad a las Leyes del Estado de Nueva York, es un requisito legal para la conclusión del Contrato de Fideicomiso, proceso que concluirá con el dictamen y conclusiones de la Fiscalía del Distrito de Nueva York.
Que el Sistema Nacional de Areas Protegidas (SNAP), beneficiario de la Cuenta Fiduciaria SNAP, constituye patrimonio del Estado Boliviano de interés publico y social, por lo que la certificación solicitada por el Banco Morgan Guaranty Trust Company debe ser otorgada por el Gobierno Nacional.
EL CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- Se instruye al Presidente del Fondo Nacional para el Medio Ambiente (FONAMA), proceda a la suscripción de la certificación “Receipt and Release” que dispone la conclusión del Contrato de Fideicomiso suscrito entre el Fondo Nacional para el Medio Ambiente (FONAMA) y el Morgan Guaranty Trust Company de Nueva York y posterior traspaso de los recursos provenientes de las donaciones realizadas por el Gobierno de la Confederación Suiza y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte al Servicio Nacional de Areas Protegidas (SERNAP) para su posterior traspaso a la Fundación para el Desarrollo del Sistema Nacional de Areas Protegidas FUNDESNAP, de conformidad a lo dispuesto en las Notas Reversales y Resolución del Ministerio de Hacienda N° 005 de fecha 11 de enero de 2001 y de igual manera, se proceda al traspaso de la donación correspondiente al Gobierno de Canadá a la Cuenta de contravalor canadiense del Banco Central de Bolivia.
Los Señores Ministros de Estado, en los Despachos de la Presidencia, Desarrollo Sostenible y Planificación, y Hacienda quedan encargados del cumplimiento y ejecución del presente Decreto Supremo
Es dado en el palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil uno.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Fernando Messmer Trigo MINISTRO INTERINO DE RR. EE. Y CULTO Marcelo Pérez Monasterios, Guillermo Fortún Suárez, Oscar Vargas Lorenzetti, José Luis Lupo Flores, Luis Vásquez Villamor, Carlos Saavedra Bruno, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Jorge Pacheco Franco, Hugo Carvajal Donoso, Ronald MacLean Abaroa, Claudio Mancilla Peña, Rubén Poma Rojas, Manfredo Kempff Suárez, Wigberto Rivero Pinto.