01 DE JUNIO DE 2001 .- Se autoriza la adquisición directa de 60.000 unidades de pasaportes impresos en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre Real Casa de la Moneda de España.
DECRETO SUPREMO Nº 26205
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Supremo No.23035 de 23 de enero de 1.992, se aprobó el Acuerdo de Cooperación entre Bolivia y España suscrito el 20 de septiembre de 1.991 y la recepción de 50.000 unidades de pasaportes corrientes de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre – Real Casa de la Moneda de España, en calidad de donación y la adquisición directa de 350.000 unidades adicionales de pasaportes para la República de Bolivia.
Que mediante Decretos Supremos Nos. 25300 y 25955 de 12 de febrero de 1999 y 20 de octubre de 2.000 se autorizó al Ministro de Hacienda la adquisición directa de 140.000 y 50.000 unidades de pasaportes de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre – Real Casa de la Moneda de España respectivamente.
Que por Resolución del CONAPE de fecha 19 de febrero de 2.001, se determinó que la licitación para la adquisición de los nuevos pasaportes estará a cargo del Ministerio de Hacienda.
Que la última provisión de pasaportes entregada por la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre – Real Casa de la Moneda de España, no abastecerá al mercado hasta la conclusión del proceso licitatorio con la adjudicación al proveedor de nuevos pasaportes.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTICULO 1.- Se autoriza al Ministerio de Hacienda la adquisición directa de 60.000 (sesenta mil) unidades de pasaportes impresos en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre – Real Casa de la Moneda de España, al precio unitario de $us. 3.00 (tres dólares americanos) de acuerdo a características y condiciones establecidas por el Ministerio de Hacienda.
ARTICULO 2.- La importación de los 60.000 pasaportes se encuentra liberada de los tributos aduaneros, gravamen arancelario e impuestos internos aplicables a la importación.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, al primer día del mes de junio del año dos mil uno.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Marcelo Pérez Monasterios, Guillermo Fortún Suárez, Oscar Vargas Lorenzetti, Alberto Machicao Barbery MINISTRO INTERINO DE HACIENDA, Luis Vásquez Villamor, Carlos Saavedra Bruno, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Jorge Pacheco Franco, Hugo Carvajal Donoso, Ronald MacLean Abaroa, Edgar Torrez Saravia MINISTRO INTERINO DE COMERCIO EXTERIOR E INVERSION, Rubén Poma Rojas, Manfredo Kempff Suárez, Wigberto Rivero Pinto.