15 DE JUNIO DE 2001 .- Se autoriza a la Dirección General de Aeronáutica Civil, proceder a la inscripción de la aeronave AIRBUS 31 304
DECRETO SUPREMO N° 26214
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Supremo N° 11185 de 16 de Noviembre de 1973, aprueba el Código Aeronáutico Boliviano, instrumento legal que regula la actividad aeronáutica, determina que en el Registro Público de Aeronaves deben inscribirse los contratos de locación de aeronaves y que el reglamento respectivo determinará la organización, funcionamiento y pago de derechos referentes al Registro Aeronáutico Nacional.
Que mediante Resolución N° 052/92 de fecha 02 de abril de 1992, emitida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, se concedió a la empresa Lloyd Aéreo Boliviano SAM. matricula provisional para la aeronave AIRBUS A-310-304.
Que el Reglamento del Registro Aeronáutico Nacional establece el pago por derecho de inscripción de contratos, razón por la cual, en fecha 2 de abril de 1992 la empresa Lloyd Aéreo Boliviano SAM. debió pagar a la Dirección General de Aeronáutica Civil la suma de $us. 81.093.60 (OCHENTA Y UN MIL NOVENTA Y TRES 60/100 DOLARES AMERICANOS), por concepto de inscripción de contrato de arrendamiento financiero de la aeronave AIRBUS A-310-304, matrícula CP-2232.
Que la Resolución Ministerial N° 71 de fecha 03 de mayo de 1995, del Ministerio de Desarrollo Económico, concede a las empresas nacionales de transporte aéreo, el permiso de operación correspondiente para que operen con aeronaves arrendadas, previo cumplimiento del requisito de inscripción del contrato respectivo en el Registro Aeronáutico Nacional, para cuyo efecto se otorgará al explotador una matrícula nacional temporal por el plazo de duración del contrato de arrendamiento.
Que el Certificado de matrícula de la aeronave AIRBUS A-310-304, matrícula CP-2232, explotada por la empresa Lloyd Aéreo Boliviano S.A., no cuenta con la inscripción en el Registro Aeronáutico Nacional de la Dirección General de Aeronáutica Civil, situación que debe ser subsanada con carácter de urgencia.
Que la situación legal de la aeronave AIRBUS A-310-304, matrícula CP 2232 en el Registro Aeronáutico Nacional debe regularizarse, toda vez que por la omisión de tal requisito, los actos referidos a la seguridad operacional así como el proceso de certificación a categoría I podrían verse seriamente afectados.
Que a fin de dar cumplimiento al Contrato de Capitalización y suscripción de acciones Nº 1095/1995, corresponde a la Dirección General de Aeronáutica Civil efectuar los ajustes internos correspondientes, liberando de la deuda al LAB S.A., por cuanto la Resolución Secretarial Nº 9574 de 27 de junio de 1995 no surte efectos en forma retroactiva.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTICULO 1.- Se autoriza a la Dirección General de Aeronáutica Civil, proceder a la inscripción de la aeronave AIRBUS A-310-304, matrícula CP-2232, en el Registro Aeronáutico Nacional, dependiente de esa Dirección General, eximiendo a la empresa Lloyd Aéreo Boliviano S.A. de todo pago por el concepto de inscripción adeudado a la fecha de publicación del presente Decreto Supremo.
ARTICULO 2.- LaDirección General de Aeronáutica Civil, efectuará los ajustes contables necesarios en sus registros, a fin de dar de baja la deuda existente a la fecha por concepto de derecho de inscripción del contrato de arrendamiento financiero en el Registro Aeronáutico Nacional, de la aeronave AIRBUS A-310-304, matrícula CP-2232.
El señor Ministro de Estado, en el despacho de Desarrollo Económico, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de junio del año dos mil uno.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Marcelo Pérez Monasterios, Guillermo Fortún Suárez, Oscar Vargas Lorenzetti, Eduardo Antelo Callisperis MINISTRO INTERINO DE HACIENDA, Carlos Alberto Goitia Caballero, MINISTRO INTERINO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, Carlos Saavedra Bruno, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Jorge Pacheco Franco, Hugo Carvajal Donoso, Neisa Roca Hurtado MINISTRA INTERINA DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y PLANIFICACION, Claudio Mansilla Peña, Rubén Poma Rojas, Manfredo Kempff Suárez, Wigberto Rivero Pinto.