Decreto Supremo N° 26533
06 DE MARZO DE 2002 .- Autoriza reajustar la categoría profesional en Salud.
DECRETO SUPREMO N° 26533
JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Supremo Nº 26047 de 12 de enero de 2001, el Poder Ejecutivo aprueba el Incremento Salarial para la gestión 2001 y el nuevo salario mínimo nacional en Bs. 400.- (Cuatrocientos 00/100 Bolivianos), para su aplicación en los sectores público y privado.
Que el Artículo 6 del Decreto Supremo Nº 26047, dispone un incremento del 7.5% al presupuesto del Grupo 10000 “Servicios Personales” de los Servicios de Salud del Ministerio de Salud y Previsión Social y que la nueva estructura salarial para el sector debe ser aprobada mediante Resolución Bi - ministerial.
Que es política del Supremo Gobierno mejorar las condiciones de vida, salud y bienestar de los bolivianos, a cuyo efecto en el sector salud se desarrolla el proceso de Reforma de Salud, dando lugar al Seguro Básico de Salud, al Escudo Epidemiológico, al Seguro Gratuito de Vejez y a la Descentralización Administrativa.
Que la implementación de la Reforma de Salud, implica la participación de los profesionales y trabajadores en salud, que permitan cumplir con mayor eficiencia sus labores.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
El costo emergente de la modificación de la categoría profesional (10%), así como la aplicación del Riesgo Profesional correspondientes a la gestión 2002, serán financiadas con el incremento salarial que apruebe el Poder Ejecutivo para el sector salud.
A partir del 1 de enero de 2001, el escalafón profesional tendrá un máximo de 23% sobre el haber básico, de acuerdo a reglamentación específica.
Se autoriza al Ministerio de Hacienda efectuar las transferencias de recursos que permitan la aplicación del mismo.
Los Señores Ministros de Estado en las Carteras de Hacienda y de Salud y Previsión Social quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de marzo del año dos mil dos.
FDO. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Leytón Avilés, José Luis Lupo Flores, Oscar Guilarte Lujan, Jacques Trigo Loubiere, Carlos Alberto Goitia Caballero, Carlos Kempff Bruno, Amalia Anaya Jaldín, Enrique Paz Argandoña, Juan Antonio Chahín Lupo, Walter Núñez Rodríguez, Ramiro Cavero Uriona, Claudio Mansilla Peña, Xavier Nogales Iturri, Hernán Terrazas Ergueta, Tomasa Yarhui Jacome.
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