10 DE JULIO DE 2002 .- Desígnase Ministro Interino de Trabajo y Microempresa al Lic. MARIO GALINDO SOZA, Viceministro de Microempresa.
DECRETO PRESIDENCIAL N° 26695
JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el señor Dr. JUAN ANTONIO CHAHÍN LUPO, Ministro de Trabajo y Microempresa debe ausentarse del país del 3 al 20 de junio de 2002, a la ciudad de Ginebra – Suiza, a objeto de participar con la delegación boliviana en la 90° REUNION DE LA ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO OIT;
Que es necesario designar Ministro Interino para la continuidad administrativa del mencionado Despacho, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 10, numeral II de la Ley 1788 de 16 de septiembre de 1997.
D E C R E T A :
ARTICULO UNICO.- Desígnase Ministro Interino de Trabajo y Microempresa al Lic. MARIO GALINDO SOZA, Viceministro de Microempresa, mientras dure la ausencia del Titular.
Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de julio del año dos mil dos.
FDO. JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA