22 DE SEPTIEMBRE DE 2003 .- Disponer la ejecución del proyecto de pavimentación de la carretera Ruta F – 4 (desde el kilómetro 80) – Santa Rosa del Sara y la creación de su Unidad Ejecutora.
DECRETO SUPREMO N° 27184
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que para la integración del Norte de Santa Cruz se requiere generar el impulso correspondiente a través de la pavimentación de la Carretera Ruta F – 4 (desde el kilómetro 80) – Santa Rosa del Sara, aspecto que debe ser priorizado entre los planes nacionales.
Que la Prefectura del Departamento de Santa Cruz elaboró y presentó el proyecto de ingeniería que contempla la construcción de capa base y tratamiento superficial triple como capa de rodadura.
Que el 4 de agosto de 2003 a través de Acta N° 523, el Consejo Departamental de Santa Cruz autorizó al Ejecutivo Prefectural, tramitar la aprobación del correspondiente decreto supremo.
Que la referida Prefectura ha propuesto la correspondiente estructura presupuestaria, en la que se establece un Aporte Local de $us. 327.026.39.- (TRESCIENTOS VEINTISIETE MIL VEINTISEIS 39/100 DOLARES AMERICANOS) y la obtención de un financiamiento a ser otorgado por la Corporación Andina de Fomento – CAF, por la suma de $us. 2.622.911.23.- (DOS MILLONES SEISCIENTOS VEINTIDOS MIL NOVECIENTOS ONCE 23/100 DOLARES AMERICANOS).
Que la mencionada ruta tiene una longitud de 36 kilómetros y unirá la zona de exportación del Corredor Este – Oeste.
Que el tramo vial a ser pavimentado tiene gran importancia para el flujo de productos agropecuarios, que contribuirán a mejorar la balanza comercial del país, por cuanto es una zona esencialmente productora de soya, caña de azúcar, maíz y ganado vacuno, teniendo como áreas de influencia las localidades de Totalcito, Estancia Las Madres y Estancia San Diego.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A.
ARTICULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto disponer la ejecución del proyecto de pavimentación de la carretera Ruta F – 4 (desde el kilómetro 80) – Santa Rosa del Sara y la creación de su Unidad Ejecutora.
ARTICULO 2.- (FINANCIAMIENTO).- Se autoriza al Ministerio de Hacienda tramitar la obtención del financiamiento por la suma de $us. 2.622.911.23.- (DOS MILLONES SEISCIENTOS VEINTIDOS MIL NOVECIENTOS ONCE 23/100 DOLARES AMERICANOS), para su posterior traspaso a la Cuenta de la Prefectura del Departamento de Santa Cruz, en calidad de préstamo, en las mismas condiciones financieras que se consigan de parte de los financiadores, para ejecutar la pavimentación de la carretera Ruta F – 4 (desde el kilómetro 80) – Santa Rosa del Sara, con una longitud de 36 kilómetros, ubicada en el Departamento de Santa Cruz.
ARTICULO 3.- (UNIDAD EJECUTORA).
I. Para la ejecución del Proyecto de pavimentación, se crea la Unidad Ejecutora bajo dependencia y responsabilidad de la Prefectura del Departamento de Santa Cruz.
II. La Unidad Ejecutora desarrollara las funciones de administrar el Proyecto, subcontratar personal y servicios en general y, realizar compras a través de la modalidad de administración directa, en el marco de lo establecido por la Ley N° 1178 – SAFCO; además, tendrá vigencia mientras dure la pavimentación del referido tramo, por lo que concluido el mismo dejará de funcionar.
ARTICULO 4.- (DESTINO DE LOS RECURSOS). Los recursos del presente crédito, no podrán ser destinados a otros usos que no sean los establecidos por la Unidad Ejecutora, para la pavimentación de la carretera Ruta F – 4 (desde el kilómetro 80) – Santa Rosa del Sara.
ARTICULO 5.- (APORTE LOCAL).- El Aporte Local para la pavimentación de la carretera Ruta F – 4 (desde el kilómetro 80) – Santa Rosa del Sara, será financiado por la Prefectura del Departamento de Santa Cruz.
ARTICULO 6.- (VIGENCIA DE NORMAS).- Se abrogan y derogan todas las Disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.
Los Señores Ministros de Estado en los Despachos de la Presidencia, Hacienda, Servicios y Obras Públicas y, Responsable de Participación Popular quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidós días del mes de septiembre del año dos mil tres.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Carlos Saavedra Bruno, José Guillermo Justiniano Sandoval, Yerko Kukoc del Carpio, Carlos Sánchez Berzaín, Ruben Ferrufino Goitia Ministro Interino de Hacienda, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Torres Obleas, Carlos Morales Landivar, Jorge Berindoague Alcocer, Hugo Carvajal Donoso, Javier Tórres Goitia Caballero, Adalberto Kuajara Arandia, Guido Añez Moscoso, Dante Pino Archondo, Mirtha Quevedo Acalinovic.