Abrogada
30 DE SEPTIEMBRE DE 2003 .- Se modifica el Artículo 1 del Decreto Supremo N° 23727 de 11 /02/ 1994 (Directorio – COMIBOL).
DECRETO SUPREMO N° 27192
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad a lo determinado en el Artículo 138 de la Constitución Política del Estado, la Corporación Minera de Bolivia, es una Entidad Autárquica encargada de la dirección y administración superiores de la minería estatal, con las atribuciones que determina la Ley.
Que el Artículo 91 del Código de Minería, aprobado por la Ley N° 1777 de 17 de marzo de 1997, modificado por la Ley N° 2400 de 24 de julio de 2002, define que la Corporación Minera de Bolivia asume directamente la dirección y administración de las actividades mineras y metalúrgicas de los grupos mineros nacionalizados, sus concesiones mineras, los residuos minero – metalúrgicos de sus concesiones, las plantas de su propiedad y el Cerro Rico de Potosí.
Que es decisión del Gobierno Nacional, reestructurar la Corporación Minera de Bolivia y mejorar su eficiencia, adecuando su funcionamiento a los objetivos de la nueva Política Minera.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- Se modifica el Artículo 1 del Decreto Supremo N° 23727 de 11 de febrero de 1994, con el siguiente texto:
“Artículo 1.-
I. La Corporación Minera de Bolivia estará dirigida por un Directorio compuesto de la siguiente manera:
Un Presidente del Directorio.
Ocho miembros del Directorio.
II. El Presidente y los ocho miembros que componen el Directorio establecido en el anterior Parágrafo, serán designados por el Presidente de la República, mediante Resolución Suprema.
El Señor Ministro de Estado en el Despacho de Minería e Hidrocarburos, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de septiembre del año dos mil tres.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Isaac Maidana Quisbert Ministro Interino de RR.EE. y Culto, José Guillermo Justiniano Sandoval, Yerko Kukoc del Carpio, Carlos Sánchez Berzaín, Javier Comboni Salinas, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Torres Obleas, Carlos Morales Landivar, Jorge Berindoague Alcocer, Hugo Carvajal Donoso, Javier Tórres Goitia Caballero, Adalberto Kuajara Arandia, Guido Añez Moscoso, Vincent Gomez García Palao Ministro Interino Sin Cartera Responsable de Servicios Financieros, Mirtha Quevedo Acalinovic.