07 DE OCTUBRE DE 2003 .- Se garantiza a todos los rentistas calificados y a sus derechohabientes, el pago sin reducción alguna de sus rentas calificadas, así como el pago de la compensación monetaria y el importe adicional.
DECRETO SUPREMO N° 27204
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que conforme a la normativa legal vigente, los rentistas en curso de pago y sus derechohabientes, son beneficiarios de la Compensación Monetaria e Importe Adicional, ambos beneficios obtenidos conforme a los acuerdos de Patacamaya y Caracollo.
Que el Gobierno Nacional tiene la obligación, en su política de seguridad social y responsabilidad para con la tercera edad, de garantizar que los derechos legalmente adquiridos de los jubilados no sean desconocidos.
Que la responsabilidad social del Gobierno Nacional, hace necesario otorgar seguridad jurídica al sector de rentistas a nivel nacional, en sus derechos establecidos en las normas vigentes, que garanticen además, la paz social y seguridad de los jubilados de Bolivia.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- De acuerdo a la normativa legal vigente, se garantiza a todos los rentistas calificados en curso de pago y a sus derechohabientes que gocen de estos derechos legalmente adquiridos, el pago sin reducción alguna de sus rentas calificadas, así como el pago de la Compensación Monetaria y el Importe Adicional.
Los Señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y Responsable de Servicios Financieros, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de la Paz, a los siete días del mes de octubre del año dos mil tres.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Carlos Saavedra Bruno, Alberto Vargas Covarrubias Ministro Interino de la Presidencia, Yerko Kukoc del Carpio, Carlos Sánchez Berzaín, Ruben Ferrufino Goitia Ministro Interino de Hacienda, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Jorge Torres Obleas, Jose Volkmar Barragán Bauer Ministro Interino de Servicios y Obras Publicas, Jorge Berindoague Alcocer, Hugo Carvajal Donoso, Javier Tórres Goitia Caballero, Adalberto Kuajara Arandia, Marco Antonio Oviedo Huerta Ministro Interino de Asuntos Campesinos, Indígenas y Agropecuarios, Dante Pino Archondo, Mirtha Quevedo Acalinovic.