22 DE ENERO DE 2004 .- Adecuar la conformación del Consejo Nacional de Política Económica – CONAPE.
DECRETO SUPREMO N° 27323
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2446 de 19 de marzo de 2003, de Organización del Poder Ejecutivo, en su Artículo 5 determina que el Poder Ejecutivo podrá establecer consejos de coordinación.
Que el Artículo 3 el Decreto Supremo N° 27242 de 14 de noviembre de 2003, establece el Consejo Nacional de Política Económica - CONAPE como responsable de la política y temática económica en general.
Que en este contexto, es necesario adecuar la conformación del CONAPE, considerando que el mismo es a nivel de Ministros de Estado.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.-
I. El Consejo Nacional de Política Económica – CONAPE estará integrado por el Ministro de Desarrollo Económico quien preside por ausencia o delegación del Presidente de la República, el Ministro de Hacienda, el Ministro de Servicios y Obras Públicas, el Ministro de Minería e Hidrocarburos, el Ministro de Asuntos Campesinos y Agropecuarios y, el Ministro Sin Cartera Responsable de Participación Popular.
II. Se deroga el Artículo 3 del Decreto Supremo N° 27242 de 14 de noviembre de 2003, únicamente en su Parágrafo I.
Los Señores Ministros de Estado en los respectivos Despachos quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidós días del mes de enero del año dos mil cuatro.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, Jorge Gumucio Granier Ministro Interino de RR. EE. y Culto, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Jorge Cortes Rodríguez, Xavier Nogales Iturri, Jorge Urquidi Barrau, Alvaro Ríos Roca, Donato Ayma Rojas, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Justo Seoane Parapaino.