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Decreto Supremo27353 Abrogado

Decreto Supremo N° 27353

Presidencia del Estado Plurinacional
4 de febrero de 2004

04 DE FEBRERO DE 2004 .- La aplicación del Decreto Supremo N° 27346 de 31 /01/ 2004 queda en suspenso, en tanto se implemente la constitución del Fideicomiso privado que administre recursos y emita papeles de deuda para financiar el proceso de conversión vehicular al GNV.

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Antigüedad
22 años

DECRETO SUPREMO N° 27353

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Supremo N° 27297 de 20 de diciembre de 2003, se aprueba el Régimen de Conversión de Vehículos que utilizan Gasolina y Diesel Oil a Gas Natural Vehicular, así como los Reglamentos de Precio del Gas Natural Vehicular y el de Construcción y Operación de Estaciones de Servicio de GNV.

Que el Decreto Supremo N° 27297 autoriza al Ministerio de Desarrollo Económico realizar la invitación directa a entidades financieras calificadas por la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras o Administradoras de Fondos de Pensiones para la constitución de un Fideicomiso que administre y emita papeles de deuda para financiar el proceso de conversión vehicular al GNV.

Que para la implementación del Fideicomiso requiere de tiempo adicional, que permita el logro de los objetivos destinados a promover el cambio de la matriz energética hacia el uso masivo de un combustible limpio y abundante como es el gas natural en Bolivia.

EN CONSEJO DE GABINETE,

D E C R E T A :

Artículo UNICO

La aplicación del Decreto Supremo N° 27346 de 31 de enero de 2004 queda en suspenso, en tanto se implemente la constitución del Fideicomiso privado que administre recursos y emita papeles de deuda para financiar el proceso de conversión vehicular al GNV.

Los Señores Ministros de Estado en los despachos de Minería e Hidrocarburos y Desarrollo Económico, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de febrero del año dos mil cuatro.

FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Jorge Cortes Rodríguez, Xavier Nogales Iturri, Carlos Romero Mallea Ministro Interino de Servicios y Obras Publicas, Alvaro Ríos Roca, Donato Ayma Rojas, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Justo Seoane Parapaino.

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